Ciudad de México.- En una decisión histórica, con la expectación pública volcada hacia la decisión de los cinco ministros y por cuatro votos contra uno, la Primera Sala de la Corte declaró inconstitucionales los artículos 235, 237, 245, 247 y 248 de la Ley General de Salud, con lo que quedó otorgado el amparo a cuatro personas físicas para el uso recreativo de la mariguana.
Los beneficiarios podrán obtener de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) un permiso que les permita sembrar, producir, poseer, transportar y consumir cannabis, aunque debe aclararse que esto no es una despenalización, ya que no se afecta la negativa legal a la comercialización, suministro y distribución del estupefaciente.
Los ciudadanos amparados son Josefina Ricaño Bandala, Armando Santa Cruz González, José Pablo Girault Ruiz y Juan Francisco Torres Landa Ruffo, quienes interpusieron el recurso legal que dio pie a esta histórica decisión.
Votaron a favor Olga Sánchez Cordero, Ramón Cossío Díaz, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y el ponente del mismo, Arturo Zaldívar. En contra, Jorge Pardo Rebolledo.
El futuro. La resolución de ayer es una decisión que ampara solamente a los ciudadanos que buscaron la protección del poder judicial. No es automáticamente aplicable a todos.
Pero el futuro del uso de la mariguana con fines recreativos está abierto: con cuatro amparos más en el mismo sentido, se sentará jurisprudencia y los jueces federales tendrían que acatar la sentencia emitida ayer con relación a la mariguana.
Llegado ese momento, la Ley General de Salud sería declarada inconstitucional en los puntos que atañen a la resolución. Es previsible que, tarde o temprano, esta ley de aplicación nacional, tendrá que ser adecuada.
Olga Sánchez Cordero
La prohibición ha sido desproporcionada, señaló la ministra.
La ministra Olga Sánchez avaló el proyecto de resolución de Arturo Zaldívar, pues –aseguró— la prohibición del uso lúdico es desproporcionada “en virtud de que genera una protección mínima a la salud y al orden público frente a la intensa intervención al derecho de las personas a decidir qué actividad lúdica desean realizar”.
La ministra señaló también que en este caso se trata de la libertad de la persona, la posibilidad de elección de destino y modelo de vida, dentro del marco de derecho; lo que no deriva de una cuestión penal.
Elogió el proyecto presentado por su justo balance y, citando los términos de John Rawls, la ministra indicó que “cada persona debe gozar de un ámbito de libertades tan amplio como sea posible, compatible con un ámbito igual de libertades de cada uno de los demás”.
Ministro José Ramón Cossìo Dìaz
Los alcances de esta decisión deben definirse amplia y claramente.
En su intervención el ministro José Ramón Cossío Díaz se pronunció a favor del proyecto Zaldívar, aunque dijo que se deben definir amplia y claramente los alcances de la decisión.
Argumentó que si bien coincidía en que la negativa recibida por los quejosos resulta violatoria de sus derechos, específicamente de su autonomía personal, difiere de la metodología utilizada para ello, así como de los alcances.
Dentro de las propuestas que hizo, estuvo la de exhortar a las autoridades involucradas a revisar el modelo prohibicionista a fin de replantear el marco normativo, evitar la violación de derechos humanos y enfocarse a la salud pública integral.
“Estamos dando un paso tan grande en la vida jurisdiccional para lograr la legalización, que debimos ser igualmente responsables para generar una sentencia de la misma magnitud al establecer de manera clara y precisa todos los efectos y medidas necesarias”, dijo.
Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz
Libertad para decidir lo que se hace en el ámbito privado.
El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien también votó a favor del proyecto, planteó como primer punto la pregunta de si el Estado tiene el derecho de decidir lo que cada una de las personas puede hacer en su vida privada: “¿Cada persona es libre para decidir lo que puede hacer consigo misma en su ámbito privado o no?”, cuestionó.
“Es indudable que el consumo de cualquier droga genera un problema de salud, sin embargo, desde una interpretación constitucional no existe ninguna razonabilidad en la que la respuesta del Estado al consumo de la mariguana sea la reclusión y la prohibición total del consumo”, fue otro de sus planteamientos.
Estimó que la Cofepris debe regular el consumo de la mariguana, como lo hace actualmente con el tabaco o el alcohol; es decir, sobre cantidades de uso.
Arturo ZaldÍvar Lelo de la Rea
Un elogio a la técnica que se opuso al proyecto aprobado.
El ministro que elaboró el proyecto de resolución, Arturo Zaldívar Lelo de la Rea, dijo en referencia a la postura del voto en contra del ministro Pardo, que tenía una lógica técnica correcta; pero que él no comparte dicha visión.
Dijo que en esta oposición se hablaba acerca de la adquisición de la semilla o la planta, pero que en el proyecto sencillamente no se estaba hablando de ello.
“En un asunto como este y en cualquier otro, sobre todo en materia administrativa, tenemos que ceñirnos a la demanda y a lo que fue objetivamente planteado, y esto nos impide quizás hacer enfoques y análisis que vayan más allá de lo que fue solicitado”.
Respecto a la exhortación que propuso Cossío Díaz, señaló que una vez que la Corte haya determinado que la prohibición absoluta para el consumo de la mariguana es inconstitucional, entonces será el momento de emprender ese debate.