Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado -TRIELTAM- decidieron regresar como candidatos independientes a ciudadanos que habían sido destituidos de las planillas de Ayuntamiento para participar como Regidores.
Los habían borrado de las planillas después de aprobado su registro por el IETAM
En la sesión, los magistrados resolvieron ocho medios de impugnación entre los que se encuentra el recurso de apelación TE-RAP-15/2016, interpuesto por los ciudadanos: Julio Ariceaga del Ángel, Jesús Ariceaga Banda, Verónica Cabrales Vázquez, Angélica Cabrales Vázquez, Miguel Ángel Alvarado Ochoa, Rafael Ruiz Cuevas, Demetrio Alanís Fuentes, Daniel Segura Salas, Perla Esmeralda Ariceaga Banda, Anabel Gaytán Sotelo, y Carlos César Alvarado Ochoa se resolvió revocar el registro de la planilla que encabeza Juan Cuauhtémoc García Tamez para el Ayuntamiento de Altamira por la vía independiente.
Los ciudadanos reclamaban haber sido sustituidos de la planilla que obtuvo la declaratoria a favor para registrarse por la vía independiente para integrar ese ayuntamiento expedida por el IETAM, lo cual violenta su derecho a ser votado.
El Pleno del Tribunal consideró válido su argumento, en virtud de que la Ley Electoral no otorga facultades a quien encabeza una planilla para sustituir libremente a sus integrantes, quienes también obtuvieron la declaratoria en su favor, sino por causas previstas por la misma ley tales como renuncia, inhabilitación o inelegibilidad.
Por tanto se ordenó al Consejo General que reciba la documentación de los ciudadanos actores y se pronuncie sobre la solicitud de su registro.
Los magistrados resolvieron además el recurso ciudadano TE-RDC-31/2016 promovido por Jesús de los Ángeles López Gracia en contra registro de la planilla del candidato independiente Amando Treviño Rivera para integrar el Ayuntamiento de Matamoros.
López García, se quejó ante el Tribunal de haber sido sustituido de la posición número uno de la lista de regidores al momento de registrar la planilla, de manera unilateral y sin su consentimiento a pesar de haber recibido la constancia de declaratoria para registrarse como candidato independiente a regidor en esa posición.
Del estudio realizado, los magistrados concluyeron que se vulneró el derecho a ser votado del ciudadano actor ya que al ser sustituido, no se le permitió participar como candidato independiente aún cuando cumplió con los requisitos establecidos por la Ley.