Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Los magistrados de la Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, criticaron severamente a los Consejeros del IETAM y del Tribunal electoral por tomar acuerdos sin tener pruebas necesarias para sancionar o absolver electoralmente a partidos políticos y candidatos.
“Los tribunales están también llamados a observar que en cada caso, se cumpla con ese deber de allegar al expediente las pruebas que resulten necesarias para resolver los casos a examen”, les dicen a los árbitros electorales en Tamaulipas.
“La autoridad administrativa electoral debe allegarse de las pruebas necesarias para acreditar una infracción”, remarcan en un comunicado los magistrados federales de Monterrey.
El llamado de atención se dio durante la sesión de este día en el que el Pleno de la Sala Regional estimó fundado el agravio de Movimiento Ciudadano en el sentido de que existió falta de exhaustividad en la decisión del Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas, al no ordenar al IETAM requerir las pruebas necesarias para corroborar los hechos denunciados en el procedimiento sancionador contra la candidata del PVEM en el XV Distrito.
Con lo anterior, la Sala Regional revocó la sentencia dictada por el TRIELTAM al considerar que omitió atender que el Instituto Electoral de Tamaulipas, en la tramitación del procedimiento sancionador instruido contra el PVEM y su candidata a diputada local por el Distrito XV, “no se había allegado los medios probatorios necesarios para determinar la existencia de la infracción y, en su caso, la posible responsabilidad de los sujetos denunciados por virtud de la realización de actos anticipados de campaña con la colaboración de propaganda en espectaculares”.
Se explica que la suficiencia de las pruebas que demuestren los argumentos de las partes, y también la realización de una conducta considerada contraria a la ley, es un deber a cargo del órgano que tramita un procedimiento como es, en este caso, el IETAM en el procedimiento sancionador que inició contra el PVEM y su candidata, pues son requeridas para definir si la infracción a la ley existió, así como para identificar a quién le es atribuible.
Los tribunales están también llamados a observar que en cada caso, se cumpla con ese deber de allegar al expediente las pruebas que resulten necesarias para resolver los casos a examen, por esa razón la Sala Monterrey revocó la decisión del Tribunal Electoral de Tamaulipas y la decisión inicial del IETAM, a fin de que reabra el procedimiento y recabe las pruebas necesarias.






