El exgobernador de Nuevo León, Rodrigo Medina de la Cruz, no podrá ser detenido luego que el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Cuarto Circuito, declaró fundado el recurso de queja interpuesto por el ex mandatario y en consecuencia obtuvo la suspensión provisional hasta en tanto no se resuelva en definitiva.
El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Cuarto Circuito, declaró fundado el recurso de queja interpuesto por el exgobernador de Nuevo León, Rodrigo Medina de la Cruz, por lo que éste no podrá ser detenido.
Por esa razón, el inculpado quedará a disposición del Juez de Distrito en lo referente a su libertad personal, y a disposición del Juez de Control, para la continuación de la etapa de investigación derivada de la vinculación a proceso.
El Consejo de la Judicatura Federal informó que Rodrigo Medina deberá comparecer a todas las citas y requerimientos que se le formulen, aunque el incumplimiento de alguno podría revocarle el beneficio concedido.
Precisó que los magistrados federales dictaron una garantía por la cantidad de 50 mil pesos, dentro del término legal establecido, y se le impuso como medida cautelar la prohibición de salir del país sin la autorización del Juez de Distrito y del Juez de Control responsable.
El ex gobernador de Nuevo León promovió el recurso de queja contra la negativa de la suspensión provisional decretada el pasado 15 de agosto por el Juez Segundo de Distrito en Materia Penal con residencia en aquel estado, en el juicio de amparo 461/2016.
Lo anterior respecto al auto de vinculación a proceso emitido por el Juez de Control de esa entidad, por la posible comisión del delito de Ejercicio Indebido de Funciones Públicas, previsto en el Código Penal del estado Neolonés.






