Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Congreso del Estado analizará en comisiones, las modificaciones de tres artículos del Código penal en el que se observan cambios en lo que representaba el “halconeo”, “ultraje” y hackeo que, criminalizaba el uso de las redes sociales y atenta contra la libertad de expresión.
Los cambios están centrados en tres artículos que criminalizaban a ciudadanos y limitaba la libertad de expresión
Los cambios en el artículo 171 Quáter, que marcaban el “halconeo” contra quien estuviera dando información de eventos o de operativos de seguridad por cualquier vía de aparatos de comunicación, hoy se fijan tres características para tipificar el delito.
“Que aceche, vigile o recolecta información en el contexto de una pandilla o asociación delictiva, es decir, que necesariamente cuente con el acuerdo previo y cuente con una finalidad específica: cometer delitos o impedir u obstaculizar el debido funcionamiento de las instancias de seguridad pública en el territorio del Estado”.
La observación que hace el ejecutivo a los diputados, es para detallar que ahora, se castigará a quien realice las funciones de obtener “información” o comunicar a la agrupación delictiva dicha información sobre la ubicación, acciones, actividades, movimientos, operativos, actividades, movimientos o en general, las labores de los elementos de seguridad pública o de las fuerzas armadas, con la finalidad de obstaculizar o impedir su actuación; o bien, con la finalidad de facilitar o permitir la realización de algún delito por un tercero.
El ultraje, dentro del artículo 189 y que proponía una pena de 6 meses a 2 años, por toda expresión directa o indirecta contra algún servidor público estatal o municipal o contra instituciones públicas que implica ofensa o desprecio, hoy se reduce la pena de uno a seis meses de prisión y queda como estaba en el actual Código Penal vigente.
“Lo anterior, obedece a que la reforma propuesta se limita a conceptualizar el delito de ultraje, sin especificar el sujeto activo del delito, conectándose a señalar los elementos de la definición de ultraje”.
Sobre el artículo 207 Quáter, que más generó reacción en los últimos días, porque se criminaliza a quién utilizará, copiará o modificará información contenida en sistemas o equipos de informática o redes sociales, es decir, la utilización de imágenes, datos y que además desprestigiar a una persona, institución o servidor público, no será contemplado.
Sin embargo, si se castigará el hackeo y ahora “al que sin autorización utilice, copie o modifique información contenida en sistemas o equipos de informática, protegida por algún mecanismo de seguridad, se le impondrá una sanción de dos a cinco años de prisión”.
El Estado, considera que el bien jurídico a proteger es la información contenida en sistemas o equipos de información de todos los ciudadanos, salvaguardada por algún mecanismo de seguridad, a fin de proteger la libertad, intimidad y privacidad de la misma respecto a los distintos modos de invasión por parte de la delincuencia incluso, por parte de agentes del propio gobierno.
Uno de los temas en los que se enfocó el diputado Carlos García, Presidente del Congreso fue contra las personas que están “dando el pitazo” a la delincuencia para intervenir en las investigaciones o en la persecución de las fuerzas armadas.
Aclaró que en el caso de las Redes Sociales, los usuarios podrán reportar hechos, si lo consideran en el momento, porque la ley, proponía que fuera después de haberse presentado un evento, siempre y cuando no se intervenga en el actuar de alguna autoridad.
Dijo que en el caso del hackeo, como los que utilizan cuentas falsas de “manera cobarde, andan poniendo en riesgo a las autoridades de seguridad del Estado, pues va, es lo que está pidiendo la ciudadanía que haya una sanción”.
Agrega: “Si uno lo hace en su cuenta personal no hay problema, el problema es cuando te escondes través de una cuenta falsa o hackeas un sistema de información privado y eso en sí es un delito”.






