Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Congreso del Estado aprobó modificaciones a la Ley de Transporte para regular el funcionamiento del sistema de grúas en Tamaulipas y permitirá regular los precios y costos de renta en los corralones y arrastre.
Al cierre del periodo legislativo, los Diputados aprobaron la reforma a la Ley de Transporte Público y autorizaron que las unidades circulen con una antigüedad de hasta 12 años.
Los cambios a la Ley de Transporte del Estado, contemplan ampliar además, el periodo de antigüedad de una unidad hasta por 12 años.
Se pretende que no sea arbitrario lo que se cobra a los infraccionados y sean cobros establecidos por el Ejecutivo.
A partir del 2018, el Estado será quien fije las tarifas para el servicio de arrastre y el uso del corralón por unidad, además de las responsabilidades que tendrá que asumir cada prestador de servicio de este tipo de negocio.
Juan Carlos Córdova Espinosa, Presidente de la Comisión de Transporte, explicó que en la iniciativa dictaminada en Comisiones y promovida por el ejecutivo estatal, se menciona que no existe claridad en cuanto a las tarifas que aplican las grúas.
“Los servicios no están debidamente regulados, por lo cual, en ocasiones ni siquiera entregan el recibo correspondiente al pago realizado, o se responsabilizan de los daños ocasionados durante el traslado y su subsecuente resguardo en el depósito”.
Añade que no existe la obligación legal de publicar las tarifas de los servicios auxiliares del transporte, como son el arrastre o traslado, salvamento, guarda o custodia y depósito de vehículos o de todos aquellos permisos o equipos auxiliares del servicio de transporte, encierros, máxime que en el artículo 96 de la citada Ley, se contempla un régimen de oferta y demanda.
“Lo que se pretende es que se otorguen permisos a las personas físicas o morales bajo una concesión y no bajo un convenio. Lo que no queremos es que quede a discreción de los concesionarios sino, que sean costos establecidos porque se ha señalado que es arbitrario el cobro”.
Añade: “El Estado va a fijar una tarifa que deberá ser pública, previamente establecida, que sea justo”.
Dentro de las reformas se menciona que a través de la adición de una fracción III al artículo 92 Bis se establece la antigüedad máxima autorizada para los vehículos que se destinen a la prestación del servicio de transporte en las modalidades de especializado y carga, incluyéndose los de servicios auxiliares y asignándoles una antigüedad máxima de doce años.
Hoy se precisa que la obligación del Ejecutivo Estatal será de regular y comunicar las tarifas aplicables “en cualquier modalidad del servicio de transporte público”.
Se dan facultades a las autoridades de transporte, para denunciar ante la autoridad correspondiente, “cuando se presuma la comisión de un delito en materia de servicio público de transporte de pasajeros”, especializado y de carga, así como de servicios auxiliares; asimismo podrá constituirse en coadyuvante del Ministerio Público.
Dentro del Artículo 37 se expone ahora que las concesiones y permisos para la explotación del servicio público de transporte y de los servicios auxiliares de arrastre o traslado y salvamento, respectivamente, que se otorguen a las personas físicas, “serán individuales y no podrán amparar más de una unidad. Las personas físicas podrán ser titulares de un máximo de 5 concesiones o permisos individuales, sean en el mismo o en diferentes servicios”.






