Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El PRI propuso en el Congreso del Estado, promover “un esquema de solidaridad” para suspender el pago de las rentas en casas y negocios en Tamaulipas.
No se busca dejar de pagar la renta, pero sí diferir sus pagos
Olga Garza Rodríguez, diputada en la fracción del PRI, aclaró que esta propuesta, no busca que “se deje de pagar la renta” pero sí, establecer un esquema para diferir los pagos.
Para ello, pidió hacer modificaciones al Código Civil y adicionar el artículo 1737 BIS, para que los arrendatarios de vivienda o de locales, tengan la posibilidad de suspender o modificar los pagos de las rentas.
Esta propuesta, explicó la legisladora, debe aplicarse durante el tiempo que dure la contingencia sanitaria del coronavirus.
Dijo que dentro del artículo 1737 aplicará para que el pago de la renta, pueda suspenderse o modificarse en aquellos casos, en los que se determine la limitación de movilidad, las condiciones laborales y la convivencia social como consecuencia de la declaración de emergencia.
No se exime el pago de la renta, sino “la celebración de un acuerdo de buena fe entre arrendador y el arrendatario respecto a los plazos, términos y condiciones en que deberán de cubrirse los pagos que dejaron de liquidarse durante la contingencia”.
Además, el arrendador, podrá cobrar un interés moratorio, proporcional al tiempo que dejó de cumplirse la obligación principal, lo cual no podrá ser mayor a la tasa interbancaria de equilibrio de 28 días.
La legislación del Estado, no prevé de manera expresa, que el arrendador esté obligado a dejar de exigir el pago de la renta o disminuir el importe de la misma, en caso de una contingencia, tampoco incrementarla.
Pero tampoco, se prevé que se pueda solicitar una reducción del importe de la renta o la suspensión del pago de la misma, por una emergencia sanitaria.
“Estamos viviendo una realidad que nos obliga a reconsiderar estos postulados para proteger a la ciudadanía sin afectar de manera sustancial, a los y las propietarios de los inmuebles”.
Y añadió: “Con esta reforma, pretendemos que la Ley obligue al arrendador y al arrendatario, a celebrar un acuerdo respecto de la modificación de los plazos, términos y condiciones en que deberán cubrir los pagos en el caso, de las declaraciones de emergencia sanitaria”.
Como ejemplo, un acuerdo puede consistir en posponer el pago de un determinado número de rentas en el tiempo o en disminuir el monto de las mismas e incluso, compensar el valor de las mejoras realizadas por el arrendatario.