Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Con el fallo del Ministro Juan Luis González Alcántara, el gobernador Francisco García Cabeza de Vaca no perderá su inmunidad procesal penal y no podrá estar a disposición de la Fiscalía General de la República.
La Corte consideró que el mandatario no podría ser procesado por una autoridad hasta no terminar su mandato en el 2022, al mantenerle el fuero constitucional como lo consideró el congreso del Estado.
La Fiscalía busca procesar a García Cabeza de Vaca por presunto lavado de dinero y fraude fiscal.
En un comunicado que emitió el Congreso Local, destaca que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió no entrar al estudio del fondo de la Controversia Constitucional.
Se aseguró además que, “no existe conflicto competencial entre las partes, sino que invariablemente debe prevalecer la decisión soberana del Congreso del Estado de Tamaulipas”.
El Poder Legislativo local decidió no retirar ‘la protección o inmunidad procesal penal’ al gobernador estatal a quien se le imputa la probable comisión de un delito federal. Por el momento, determinó que no se pusiera a disposición de las autoridades federales al titular del Poder Ejecutivo local”.
Lo anterior significa que el gobernador de Tamaulipas no ha sido separado de su cargo, mantiene la protección constitucional que le brindan las constituciones federal y local y no puede ser sujeto de ningún procedimiento de naturaleza penal. Esto es, ninguna autoridad ministerial o judicial puede generar actos de molestia o privativos en su contra que obstaculicen el desarrollo de sus facultades constitucionales.
La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha hecho valer la supremacía de la Carta Magna y el arreglo federal que las y los mexicanos hemos pactado.
Bajo lo resuelto por el ministro instructor, es evidente que el Congreso de Tamaulipas actuó conforme a sus competencias, de ahí que el gobernador siga teniendo fuero, pues la decisión en el ámbito local fue no homologar la declaración emitida por la Cámara de Diputados Federal.
En la resolución emitida, consta de manera expresa la siguiente: “En suma, el Congreso del Estado de Tamaulipas, en ejercicio de sus atribuciones, tal y como dispone el quinto párrafo del artículo 111 constitucional, decidió no homologar la declaración de procedencia que emitió la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, por lo que estima que la determinación impugnada no afecta materialmente la decisión tomada por el Poder Legislativo de la entidad federativa. Ello es así, sobre todo, considerando que el propio Poder actor argumenta no impugnar la declaratoria de procedencia emitida por la Cámara de Diputados, sino únicamente los efectos supuestamente pretendidos por la misma, que ya se señaló no se desprenden de ésta”.






