Ciudad Victoria, Tamaulipas.-Tamaulipas y México deben explorar ‘atajos’ legales para darle protección a las mujeres que son violentadas sin estar condicionadas a interponer una denuncia para obtener este beneficio.
La propuesta está siendo impulsada por la organización no gubernamental “Equis.org.mx” por el incremento a las agresiones violentas que han sufrido las mujeres hasta llegar a los feminicidios.
“Equis.org.mx” ha presentado una iniciativa de reforma a la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Una de las propuestas que contiene esta iniciativa es exponer la necesidad de que las órdenes de protección se regulen y apliquen bajo un enfoque interseccional, que permita observar de manera diferenciada cómo la violencia de género atraviesa a las mujeres y niñas que pertenecen a grupos sociales históricamente discriminados: mujeres y niñas indígenas y afro mexicanas, con discapacidad, migrantes y pertenecientes a la comunidad LGBT.
Un segundo punto que proponen, es cambiar la narrativa de las órdenes de protección a través de su desvinculación con el ámbito penal y civil o familiar.
“Las órdenes de protección son un derecho humano que no debiera estar sujeto a la presentación de una denuncia o querella o a la presentación de una demanda” precisó.
Aunado a ello y como tercera propuesta es incorporar el estándar del posible riesgo. Eso significa que para dictar una orden de protección, basta que existan indicios de que la mujer o niña podría encontrarse en peligro.
“No es necesario que la vida de las mujeres esté comprometida, pues es precisamente esta situación la que las órdenes de protección intentan prevenir” indicó.
Además, plantean es incorporar la figura de las órdenes de protección definitivas, que responden a aquellos casos en los que la violencia se ha manifestado por un periodo prolongado de tiempo y, por tanto, las mujeres o niñas requieren protección a largo plazo.
En su quinto punto, la iniciativa busca reconocer que las órdenes de protección pueden utilizarse de forma complementaria a otros mecanismos de protección judicial, en la materia penal, civil, administrativa o familiar.
La organización social destaca la necesidad de favorecer la accesibilidad de las órdenes de protección, para lo cual, se busca facultar a los jueces calificadores y de paz municipales, así como a las autoridades de los pueblos o comunidades indígenas, para emitir órdenes de protección, por tratarse de las autoridades más cercanas a las mujeres.
En la exposición de motivos, destacó que en 2016, el 78.6% de las mujeres que sufrieron violencia física y/o sexual por parte de su pareja actual o última no solicitaron apoyo a instituciones y no presentaron una denuncia.






