Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Los aspirantes independientes que lleguen a la etapa de obtención del apoyo ciudadano, tendrán un tope de gasto de 10 millones 337 mil 943 pesos.
Estos recursos se podrán aplicar y serán fiscalizados entre el 2 de enero al 10 de febrero del 2022, una vez que el Consejo General del IETAM, les autorice su participación en proceso interno que, al mismo tiempo, son las fechas de precampaña de los aspirantes a la candidatura a gobernador.
Dentro del acuerdo que emitió el Consejo General y que aparece ya en su página oficial del Instituto Electoral de Tamaulipas, se establece que estos actos deberán ser financiados con recursos privados de procedencia lícita, provenientes de las aportaciones de sus simpatizantes y por autofinanciamiento.
El tope es por la cantidad de 10 ‘337,943 pesos, teniendo un límite de aportación individual por un 1’ 033,794 pesos. En tanto el límite de aportación de manera individual de simpatizantes se estableció por un monto máximo de 51,690 pesos.
Para la obtención de apoyo ciudadano, las personas aspirantes podrán realizar reuniones públicas, asambleas, marchas y actividades dirigidas a la ciudadanía, siempre y cuando los mismos no constituyan actos anticipados de campaña.
Las personas aspirantes que rebasen el tope de gastos, perderán el derecho a ser registrados a una candidatura independiente, o si cuenta con el registro, se cancelará. En el mes de marzo se expedirán las declaratorias de registro a las personas aspirantes que hayan cumplido el porcentaje de apoyo ciudadano requerido.
Algunos de los requisitos que deben presentar los ciudadanos es dar a conocer el nombre y el domicilio social de la asociación civil conformada para ese fin, así como los datos de las cuentas bancarias para el financiamiento público (sólo en la etapa de campaña), aportaciones de los simpatizantes e ingresos por autofinanciamiento.
Cabe señalar que la manifestación de intención, debe acompañar la copia fotostática simple y legible del anverso y reverso de la Credencial de Elector de los integrantes de la fórmula, así como el Acta Constitutiva que acredite la creación de la persona moral constituida en asociación civil, así como el certificado de su registro de inscripción ante el Instituto Registral y Catastral de Tamaulipas, además de la constancia de inscripción ante el Servicio de Administración Tributaria.






