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Home La Nacion del Muro

Revocación de mandato, un ejercicio que data del siglo XVII

Por (Agencias)
abril 3, 2022
Corte ordena continuar proceso de revocación
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Ciudad de México.- La consulta de revocación de mandato para retirar a un mandatario o gobernador del cargo cuando no cuente con el respaldo mayoritario de la ciudadanía tomó forma práctica entre los años 2000 y 2010 en América Latina, aunque dicha norma existe desde el siglo XVII en Suiza y Estados Unidos.

El próximo 10 de abril será la primera vez que en México un presidente se someta a una consulta de revocación de mandato, la cual se realizará mediante votación libre, directa y secreta; para ser vinculante deberá tener una participación de, por lo menos, el 40% de las personas inscritas en la lista nominal de electores.

Desde la campaña electoral de 2018 y en sus primeros tres años de gobierno, el presidente Andrés Manuel López Obrador ha señalado que estará sujeto al escrutinio público, pues “el pueblo pone y el pueblo quita”.

En el compromiso 82 de los 100 que asumió en el Zócalo de la Ciudad de México luego de rendir protesta como el presidente en 2018, López Obrador anunció que se sometería a una consulta de revocación de mandato.

Porque como lo creo y lo he dicho muchas veces, el pueblo pone y el pueblo quita. El pueblo es soberano”, dice el compromiso que asumió el titular del Ejecutivo.

Un año después, en 2019, las cámaras de Diputados y Senadores, con amplia mayoría de más de dos tercios de la votación de legisladores de todos los partidos, aprobaron la enmienda constitucional para establecer la figura de revocación.

La Constitución de México señala que en caso de revocarse el mandado del presidente, asumirá provisionalmente la titularidad del poder Ejecutivo quien ocupe la presidencia del Congreso de la Unión. Y dentro de los 30 días siguientes, el Legislativo deberá nombrar a un presidente sustituto para que concluya el sexenio.

EN EL MUNDO
En América, además de México, existen otros 9 países que contemplan en su marco legal la figura de revocación de mandato: en Estados Unidos para el cargo de gobernador en 18 estados; mientras que en Ecuador, Venezuela, Bolivia, Perú, Panamá, Argentina y Colombia existe en diferentes modalidades, y, aunque resulte difícil de creer, en Cuba.

En Ecuador, Venezuela y Bolivia, ésta figura aplica para someter a escrutinio al presidente y gobernadores, mientras que en Perú, Argentina, Colombia y Panamá aplica sólo para gobernadores y autoridades locales, mientras que Cuba cuenta con una “ley de revocación para los elegidos a los órganos del poder popular” desde 1999.

Entre los casos más conocidos de estas consultas están los procesos sobre los presidentes Hugo Chávez en Venezuela (2004) y Evo Morales en Bolivia (2008), quienes se mantuvieron en sus cargos, y recientemente el del gobernador demócrata del estado de California, Gavin Newsom, quien fue sometido a revocación (recall en inglés) el 14 de septiembre de 2021.

Newsom se mantuvo en el cargo con el 64% de los votos, pero quien no corrió con suerte en 2003 fue el gobernador californiano Gray Davis, quien fue reemplazado por el actor Arnold Schwarzenegger.

En Estados Unidos, la figura de revocación de mandato existe desde 1631 cuando fue establecida por la Corte General de la colonia inglesa de Massachusetts, inspirada en la legislación de Suiza.

En Suiza, el ejercicio de revocación está limitado a seis de los 26 cantones o divisiones administrativas de ese país y para solicitarlo se requiere de entre 2% y 30% de las firmas del electorado, dependiendo de cada área territorial.

En Estados Unidos la figura está restringida al ámbito estatal y no federal en Alaska, Kansas, Nueva Jersey, Arizona, Luisiana, Dakota del Norte y California, entre otros.

También existen leyes similares sobre revocación en países como Taiwán, Etiopía, Liechtenstein, Nigeria y Palau, entre otros.

REVOCACIÓN A LA MEXICANA
La revocación de mandato aprobada por el Congreso de la Unión en 2019 aplica para la figura de presidente de la república y para gobernadores, en este último caso, de acuerdo con las leyes locales de cada entidad.

De acuerdo con un recuento realizado por el Instituto Belisario Domínguez (IBD) del Senado, hasta abril de 2022, sólo 14 entidades federativas ya reconocen en sus constituciones locales la revocación de mandato como un mecanismo democrático de participación directa, faltando aún 18 estados por cumplir con su armonización legal.

Para el caso de Presidente de la República, la revocación es convocada por el Instituto Nacional Electoral (INE) a petición de la ciudadanía, en número equivalente al 3% de los inscritos en la lista nominal de electores, correspondientes a por lo menos 17 entidades federativas.

La consulta de revocación se puede solicitar en una sola ocasión y durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional, en una fecha que no coincida con las jornadas electorales federales o locales, de acuerdo con la legislación.

Es facultad exclusiva del INE en forma directa, la organización, desarrollo y cómputo de la votación, por lo que el órgano emitirá los resultados de los procesos de revocación de mandato del titular del Ejecutivo federal, los cuales podrán ser impugnados ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

En este caso, la Sala Superior del TEPJF realizará el cómputo final del proceso de revocación, una vez resueltas las impugnaciones que se hubieren interpuesto. En su caso, emitiría la declaratoria de revocación.

La Constitución prohíbe el uso de recursos públicos en la recolección de firmas ciudadanas que soliciten el ejercicio de revocación, así como en los fines de promoción y propaganda relacionados con los procesos de revocación de mandato, toda vez que el INE y los organismos públicos locales son los únicos que pueden promover la participación ciudadana.

Para que el proceso sea vinculante, deberán de haber participado en él por lo menos el 40% de la lista nominal, que corresponde a 37 millones 129 mil 287 ciudadanos mexicanos. Hay que recordar que en la consulta popular de agosto de 2021 sobre “juicio los expresidentes” participó solo 7% de electores, por lo que no tuvo ninguna validez real.

EJERCICIO HISTÓRICO EN MÉXICO
El domingo 10 de abril se instalarán 57 mil 500 casillas en el país, de las cuales 57 mil 200 corresponderán a las secciones en que se divide el territorio nacional y 300 serán casillas especiales para ciudadanos en tránsito, es decir, una por cada uno de los 300 distritos en que se divide el país.

Podrán participar todas las personas que tengan más de 18 años y cuenten con su credencial INE con fotografía vigente, e incluso se recibirán las que tienen vigencia hasta el año anterior, es decir 2021.

En el sitio “Ubica tu casilla” https://ubicatucasilla.ine.mx/ se podrá conocer el lugar donde se ubicará la casilla para poder votar.

Para el ejercicio de revocación se han impreso más de 94 millones de papeletas electorales, las cuales se encuentran resguardadas por el ejército en cada uno de los 300 distritos electorales.

Durante una sesión del Consejo General Electoral del INE, a finales de febrero pasado, el consejero presidente Lorenzo Córdova, anunció que en total de gastarán mil 692.5 millones de pesos en la revocación de mandato, luego de aprobarse medidas de austeridad.

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