Ciudad Victoria, Tamaulipas.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación decidió retirar de la agenda, el estudio de fondo sobre el recurso de Inconstitucionalidad en los expedientes de 50/2021 y 70/2021 interpuestos por el Congreso del Estado en materia de desafuero del gobernador Francisco García Cabeza de Vaca.
Los Ministros que componen la primera Sala de la Corte, decidieron sacar de la lista del orden del día, pero tampoco establecieron la fecha en que será discutida la cuenta sobre la ponencia del Ministro Juan Luis González Alcantará Carrancar.
En esta controversia constitucional se debe analizar si el artículo 111 constitucional prevé la asignación competencias que el Congreso local aduce tener en la materia o si, en su caso los actos impugnados invaden las facultades del Congreso local previstas en el artículo 111 constitucional.
Con ello la agenda se reordenó en la primera Sala de la Corte y los dos expedientes fueron retirados en el orden del día sin emitir ninguna opinión al respecto.
El estudio de fondo por el cual se deberá pronunciar el ministro de la ponencia y que se discutirá es “Sí existe la asignación competencial en el artículo 111 constitucional consiste en decidir, en última instancia, sobre la inmunidad procesal de la que goza el titular del Poder Ejecutivo local”.
Cabe señalar que también se cita el historial de este proceso, cuando “El Congreso local se pronunció en contra de retirar la inmunidad procesal y tanto la solicitud de orden de aprehensión, como la emisión de la orden, desconoce la facultad del Congreso local de decidir sobre dicha la inmunidad procesal”.
Cabe señalar que la fracción de Morena, había solicitado retirar el recursos de inconstitucionalidad contra el gobernador, pero al recuperar el Congreso la mesa directiva y posteriormente la mayoría en el pleno del Poder Legislativo, el PAN revivió el recursos de inconstitucionalidad para que la Curt emitiera un criterio de fondo al respecto.
Dentro de los efectos que se buscan es que “se decreta la invalidez de los actos impugnados; Se vincula al Juez demandado y a la FGR para que se abstenga de violar la inmunidad procesal del Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas”.
Se citan los cuatro puntos resolutivos que hasta este momento se han emitido que, no significan las conclusiones sobre el estudio de fondo sobre el artículo 111 constitucional es que “es procedente y fundada la presente controversia”; “Se declara la invalidez de la solicitud de orden de aprehensión solicitada por la Fiscalía General de la República, así como de la orden de aprehensión expedida en la causa penal 139/2021 en contra del titular del Poder Ejecutivo del Estado de Tamaulipas”.
Aunado a ello, está también el que: “Esta resolución y la declaratoria de invalidez surtirá efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos de esta sentencia a la Fiscalía General de la República y al Juez Especializado en el Sistema Penal Acusatorio del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de México, con sede en Almoloya de Juárez.