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Home Columnas

Confidencial / La llave de Morena.

Por Rogelio Rodríguez Mendoza
enero 20, 2023
Una tras otra / Tiene Tamaulipas la mejor alcaldesa
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El pasado 13 de enero, la bancada de Morena encontró en el artículo 67 de la constitución de Tamaulipas, la llave para abrir los candados que la anterior legislatura panista colocó en la ley del Congreso del Estado y en la misma ley suprema.

Ese artículo dispone que: “Las iniciativas adquirirán el carácter de ley o decreto cuando sean aprobadas por la mayoría de los diputados presentes en los términos de lo previsto por esta sección, y entrarán en vigor en la fecha que determine el Congreso; si éste no lo determina, serán vigentes a partir de la fecha de su publicación en el Periódico Oficial del Estado”.

Apelando al principio de supremacía constitucional, que significa que ninguna ley puede estar por encima de la carta magna, Morena se deslindó de lo que dispone el artículo tercero de la ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso.

“Esta ley, sus reformas, adiciones, derogaciones, así como su abrogación, necesitarán para su aprobación la votación de las dos terceras partes de los integrantes del Congreso; asimismo no requerirán de promulgación del Ejecutivo para tener vigencia, ni podrán ser objeto de observaciones y serán publicadas inmediatamente en el Periódico Oficial del Estado”, establece dicho numeral.

La diferencia entre el 67 constitucional y el tercero de la ley interna es solamente una, pero fundamental. Aquel dispone que una iniciativa puede ser aprobada con una mayoría simple del Pleno, la mitad más uno de los diputados presentes; mientras que este exige una votación de las dos terceras partes de los integrantes del Congreso.

En esas circunstancias, y aprovechando que tenía el mando en la presidencia de la mesa directiva y en la Diputación Permanente, la semana pasada Morena impulsó una iniciativa para reformar la integración de la Junta de Coordinación Política, y la aprobó recurriendo a lo que dispone el artículo 67 constitucional, que solo le exigía el voto de mayoría simple.

Y así fue. Ese mismo viernes, la bancada guinda reformó la ley del Congreso y recuperó la presidencia de la Junta de Coordinación Política, poniendo al frente a la diputada, Úrsula Patricia Salazar Mojica, lo que significó la recuperación del control político y económico del Poder Legislativo.

La interrogante ahora es: ¿Usará Morena esa misma llave para relevar al fiscal general de justicia, al fiscal anticorrupción, al auditor superior del estado, y otros espacios del poder público que le interesan al nuevo gobierno?

Eso dependerá de las decisiones que se tomen en Palacio de Gobierno. Por prudencia política es muy posible que no lo hagan en lo inmediato, pero en un extremo esa ruta servirá para cualquier acción legislativa que pretenda impulsar el grupo parlamentario mayoritario en el Congreso del Estado.

Bajo ese escenario, Morena podrá aplicarle una especie de “manita de puerco” a los funcionarios citados, “invitándolos” primero a que renuncien voluntariamente, bajo la advertencia de que, en caso contrario activará la maquinaria legislativa para destituirlos e investigarlos por posibles conductas delictivas cometidas bajo su ejercicio.

Seguramente eso sucederá con el michoacano Barrios Mojica, quien debió irse desde diciembre pasado, y con Jorge Espino Ascanio, el auditor superior del Estado. Si no se van por las buenas, los van a echar.

Pero, independientemente de si Morena usará o no su llave para deshacerse de funcionarios incomodos, nosotros somos de la corriente jurídica que cree que el artículo a aplicarse en la aprobación de la reforma a la ley del Congreso, debió ser el tercero de la ley interna que exigía 24 votos, y no el 67 constitucional.

Debió ser así porque los artículos no pueden se interpretados de forma aislada, como lo hizo la bancada morenista. El 67 constitucional debió interpretarse a la luz del 66, que establece: “En las normas sobre el funcionamiento interno del Congreso se contendrán las reglas que deberán observarse para la discusión, votación y formación de las leyes, decretos y acuerdos”.

Es decir, se requerían del voto de las dos terceras partes de los integrantes del Pleno para aprobar la polémica reforma.

El punto es que, mientras un tribunal determina cuál de los artículos debe imperar, Morena tiene los elementos necesarios para abrir todos los candados que colocó en el marco constitucional y jurídico, la anterior legislatura blanquiazul. Veremos si aprovecha esa ventaja.

ASÍ ANDAN LAS COSAS.
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