Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Las personas que aplican “sustancias modelantes no autorizadas” y además causen daños en el cuerpo del paciente, podrían enfrentar sentencias de seis a ocho años de prisión, pero se incrementará en una mitad (12 años de prisión), si la víctima queda con secuelas visibles permanentemente como consecuencia de la aplicación o tratamiento y afecte su calidad de vida o proyecto de vida.
En caso de que la víctima fallezca por la aplicación o tratamiento de las sustancias modelantes no autorizadas, se aplicarán las reglas del homicidio o feminicidio según corresponda.
La iniciativa que fue propuesta por el diputado Sergio Arturo “Chevo” Ojeda Castillo, fue enviada a Comisiones de Justicia, Estudios Legislativos (Primera) y Salud para su estudio y dictaminación.
Señala que en Tamaulipas, no existen sanciones a quienes apliquen sustancias modelantes no autorizadas, a pesar de que en el 2023, la COEPRIS clausuró 16 clínicas estéticas donde el personal no cumplía con la capacitación requerida para realizar los procedimientos ofertados.
Por su ubicación geográfica, Tamaulipas goza de una creciente demanda de servicios médicos por parte de residentes de Estados Unidos y Canadá que llegan particularmente a los municipios de la frontera, pero también en el municipio de Tampico.
“Como legisladores tenemos la tarea de generar un marco legal para que los tamaulipecos y turistas, accedan a estos servicios en condiciones seguras, lo que potenciará la derrama económica y por ende, la calidad de vida en nuestra región, ya que desde inicios del presente año, la Cofepris ha reportado que algunas clínicas en nuestra entidad han presentado irregularidades significativas, como la falta de credenciales sanitarias, instalaciones inadecuadas, materiales caducos y personal sin la debida certificación académica que garantice su competencia y experiencia. Lo que ha derivado en amonestaciones, multas y/o clausuras temporales o definitivas, parciales o totales”, destaca el legislador originario de Nuevo Laredo.
Según los médicos, el aumento de la demanda de cirugía estética en el país se debe principalmente a que este tipo de procedimientos, antes se realizaba bajo anestesia general, a diferencia que ahora se realiza bajo anestesia local, lo que ha reducido significativamente los costos y el temor de los pacientes.
Dentro de la iniciativa, se añade que debido al acelerado aumento de procedimientos quirúrgicos mínimamente invasivos, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), emitió una alerta sobre la aplicación de “sustancias modelantes”, ya que su mal uso ha derivado en el desarrollo de patologías denominadas enfermedades por modelantes, o por adyuvantes, o alogenosis iatrogénica.
Estas pueden causar necrosis de tejidos, sepsis, infecciones bacterianas y micobacterianas, daño en órganos vitales y desfiguración permanente, entre otros. (Comunicado de riesgo sobre el uso de sustancias modelantes o no autorizadas para rellenar o dar volumen en alguna parte del cuerpo humano).
Además, “Chevo” Ojeda, advirtió que algunas sustancias empleadas en este tipo de procedimientos son productos de origen sintético como la silicona líquida o en gel y las variantes siloxano y polisiloxano; estas sustancias en origen son utilizadas en elaboración de sellantes, adhesivos y aplicaciones industriales, por lo que al ser introducidas al cuerpo provocan infecciones, formación de granulomas a cuerpo extraño y lesiones graves a largo plazo.
También se emplea colágeno de origen animal bovino y porcino, usado en medicina estética y reconstructiva para la regeneración de los sistemas musculoesquelético y gastrointestinal, entre otros, que al ser suministrado para la corrección de líneas en la frente, patas de gallo, cicatrices, líneas en pliegues nasolabiales y arrugas del cuello, provoca reacciones alérgicas, hipersensibilidad y formación de nódulos inflamatorios granulomatosos.
En un estudio realizado en el Centro Dermatológico Pascua donde se reporta una serie de casos de enfermedad por modelantes las localizaciones fueron: glúteos, mamas, muslos, piernas, abdomen, nariz, mentón, región del entrecejo y surcos nasogenianos, y las manifestaciones locales más frecuentes fueron: hiperemia, dolor, nódulos, engrosamiento de la piel y de tejido subcutáneo, hiperpigmentación, neoformaciones venosas, otros cambios inflamatorios y migración.
Los síntomas sistémicos más comunes son la fiebre, artralgias, mialgias, poliartritis y fenómeno de Raynaud. Un porcentaje nada despreciable, hasta un 9°/o, de estos pacientes puede llegar a desarrollar una enfermedad de tejido conectivo.
La propuesta al Código Penal, es para añadir el Capítulo I Quater, denominado Aplicación de Sustancias Modelantes No Autorizadas con fines Estéticos, así como los artículos 328 nonies y 328 decies.
De ser aprobada esta modificación el artículo 328 Nonies, establecerá que: “A quien inyecte o aplique sustancias modelantes con fines estéticos y cause daños o alteraciones a la salud, de manera temporal o permanente, se le impondrá una pena de seis a ocho años de prisión, cuando dichas sustancias no estén autorizadas por la autoridad compete”.
Para efectos de este artículo, son sustancias modelantes no autorizadas los biopolímeros de origen sintético u orgánico como la parafina, la silicona líquida, el cemento óseo, el aceite de automóvil, el aceite mineral, el aceite comestible, la grasa vegetal o animal, o cualquier otro tipo que, por su naturaleza, no sea apta para el uso humano y afecte los tejidos, órganos y sistemas, produciendo lesiones irreversibles o irreparables; así como cualquier otra sustancia o mezcla que no esté destinada a ser ingerida, inhalada, inyectada o Implantada en el cuerpo humano.