Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Los diputados de Acción Nacional, PRI, Partido Verde, PT, Movimiento Ciudadano y Morena, votaron por unanimidad para desechar una reforma constitucional que propuso el panista Ismael Gacía Cabeza de Vaca en materia de nulidad de la elección por violencia de género.
Con 31 votos a favor y con la ausencia de cinco diputados entre ellos Ismael García Cabeza de Vaca y Vicente Verástegui Ostos quien solo ha estado en dos sesiones ordinarias del Congreso, los diputados decidieron desechar la aprobación de esta reforma constitucional.
El promovente, quien no llegó a la sesión, reclamó en la iniciativa que esta, forma parte de los asuntos que quedaron pendientes de dictaminar en el periodo recientemente concluido, el cuál por disposición legal fue recibido por está Diputación Permanente, para continuar con su análisis y elaboración del dictamen correspondiente.
Sin embargo, por unanimidad y con el voto de legisladores del PAN, votaron a favor de desechar la iniciativa, lo cual causó sorpresa, porque se trataba de una propuesta de su compañero de bancada y hermano del ex gobernador Francisco.
Dentro de la iniciativa se buscó como finalidad, reformar la Constitución a efecto de establecer el supuesto de realizar violencia política en razón de género como parte de las causales de nulidad de una elección.
Aseguró que durante los últimos años la violencia política en razón de género ha crecido tanto que ha sido normalizada por la sociedad, al grado de que no la cuestiona.
Además, señalaba, aunque desde el 13 de abril de 2020 se reformaron diversas leyes para sancionar la violencia política en razón de género, también es cierto que la nulidad de la elección por la comisión de este delito no se incluyó.
“De ahí la trascendencia de la presente reforma a la Constitución de Tamaulipas”, argumentó.
La Diputación Permanente atajó en el dictamen que, la iniciativa del panista, resultan contrarios al sistema legal y constitucional de nulidades en materia electoral, el cual establece que para que se pueda declarar la nulidad de elección, la causal invocada o violación debe resultar determinante para el resultado de la misma, ya que en caso de anularse alguna elección por cualquier infracción, transgresión o vulneración a algún principio constitucional que no sea determinante, se podrían afectar los principios de objetividad, legalidad, imparcialidad, seguridad y certeza que rigen a los procesos electorales en su conjunto, así como el derecho constitucional de voto activo y pasivo de la ciudadanía, desconociendo el voto válidamente emitido por los electores que acudieron a la respectiva mesa directiva de casilla, a expresar su voluntad electoral.
Al mismo tiempo, se solicitó la opinión al Instituto Electoral de Tamaulipas, con relación al caso concreto, en donde manifiesta no coincidir con la iniciativa en comento, argumentando que el marco legal que rige los derechos político-electorales y el desarrollo de los comicios, principalmente la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, así como la Ley Electoral de Tamaulipas, prevé como requisito fundamental que la causa sea determinante para la nulidad de elecciones.
“En ese tenor, se tiene a bien declarar la improcedencia de la acción legislativa en comento, toda vez que la iniciativa carece de elementos para su debida aplicación, en el entendido de que cualquier causal invocada para la nulidad de un proceso electoral debe ser determinante para el resultado de la misma”.






