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Home Notas del dia

Congreso frena abusos en servicios funerarios

Por Arturo Rosas H.
junio 5, 2026
Congreso frena abusos en servicios funerarios
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Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Congreso del Estado cerró la puerta a una práctica que durante años generó inconformidad entre familias, al prohibir que funerarias condicionen documentos esenciales para presionar cobros.

Con la aprobación de reformas a la Ley de Salud, los establecimientos dedicados a servicios funerarios ya no podrán retener certificados de defunción para exigir el pago inmediato de adeudos.

Los legisladores incorporaron un apartado específico que regula la actuación de funerarias, crematorios y agencias exequiales en relación con la entrega de documentos oficiales.

La modificación reconoce el certificado de defunción como un documento de interés público indispensable para realizar diversos procedimientos legales, administrativos y patrimoniales posteriores al fallecimiento.

A partir de la entrada en vigor de la nueva disposición, ninguna empresa podrá ocultar, retrasar o negar la entrega de ese documento por conflictos económicos.

La reforma también impide utilizar el certificado como garantía de pago o como mecanismo de presión contra familiares que enfrentan gastos derivados de un deceso.

El decreto establece que la documentación deberá entregarse de manera inmediata a los deudos, responsables o representantes legales, sin importar disputas relacionadas con honorarios o servicios contratados.

Durante la discusión legislativa se advirtió que la retención de certificados coloca a las familias en una condición de vulnerabilidad en momentos especialmente sensibles.

Sin ese documento resulta imposible formalizar el registro de una defunción, autorizar procesos de cremación, realizar inhumaciones o gestionar diversos trámites legales.

Además, la falta del certificado puede retrasar el cobro de seguros, el acceso a pensiones y el inicio de procedimientos sucesorios relacionados con bienes patrimoniales.

Los diputados señalaron que cualquier diferencia económica entre usuarios y prestadores de servicios deberá resolverse exclusivamente mediante los mecanismos legales correspondientes.

En consecuencia, las controversias por pagos pendientes tendrán que dirimirse por las vías civiles, mercantiles o administrativas, sin recurrir a prácticas coercitivas.

La nueva legislación también contempla sanciones para quienes incumplan estas obligaciones y vulneren los derechos de los familiares de personas fallecidas.

En casos donde existan elementos de abuso, intimidación, coacción o aprovechamiento de la situación emocional de los deudos, deberá intervenir el Ministerio Público.

La reforma entrará en vigor una vez publicada en el Periódico Oficial del Estado y obligará a las empresas funerarias a adecuar sus procedimientos internos.

El decreto establece un plazo de 60 días para actualizar contratos y protocolos de atención, mientras la Secretaría de Salud emitirá lineamientos complementarios en un máximo de 90 días.

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