Ciudad Victoria.- Desde este jueves, las llamadas terapias de conversión quedaron tipificadas como delito en Tamaulipas, con sanciones que alcanzan hasta seis años de prisión y multas económicas.
La reforma entró en vigor tras publicarse el Decreto 66-358 en el Periódico Oficial del Estado, que incorpora nuevas disposiciones al Código Penal local.
Con esta modificación se adicionó el Capítulo IV Ter, denominado “Delitos contra la Orientación Sexual, Identidad o Expresión de Género de las Personas”, además del artículo 276 Octies.
La legislación establece penas de dos a seis años de prisión, así como multas que van de mil a dos mil veces el valor diario de la UMA.
La nueva norma sanciona a quienes obliguen, promuevan, financien o sometan a una persona a prácticas conocidas como terapias de conversión o esfuerzos para modificar su identidad.
También considera delito cualquier tratamiento psicológico, psiquiátrico, método o procedimiento destinado a restringir, impedir, modificar o suprimir la orientación sexual o identidad de género.
La disposición incluye además prácticas que impliquen violencia física, moral o psicoemocional, así como cualquier trato cruel, inhumano o degradante que vulnere la dignidad humana.
Las sanciones aumentarán hasta en una mitad cuando las víctimas sean menores de edad, adultos mayores o personas con incapacidad para comprender o resistir los hechos.
La agravante también procederá cuando exista una relación de autoridad, subordinación laboral, docente, médica, doméstica o cualquier vínculo que coloque a la víctima en desventaja.
Cuando el responsable sea servidor público o ejerza autoridad sobre la persona afectada, además de prisión y multa enfrentará destitución e inhabilitación para desempeñar cargos oficiales.
Con esta reforma, Tamaulipas incorpora por primera vez un capítulo específico en su Código Penal para perseguir y sancionar penalmente las denominadas terapias de conversión.






