Ciudad Victoria, Tamaulipas.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación, echó abajo un artículo del Código Penal de Tamaulipas que castigaba con 7 a 15 años de prisión a personas que usaban “poncha llantas” sin tener vínculos con el crimen organizado.
Acordaron además, otorgar la inmediata libertad contra las personas que pudieran haber sido sancionadas “indebidamente” con base a este artículo desde el mes de julio del 2014.
El artículo 171 Quáter, fracción I del Código Penal para el Estado de Tamaulipas, señalaba que esta acción iba dirigido a “aquella persona que sin causa justificada poseyera o portara, en su persona, en el vehículo en el que se encontrara o se le relacionase con éste, o en el lugar donde se le capturara, uno o varios instrumentos fabricados con clavos, varillas o cualquier otro material, que pudieran ser utilizados para dañar o impedir el paso de los vehículos conducidos por particulares o por los elementos de las fuerzas armadas o las instituciones de seguridad pública”.
Los Ministros de la Corte consideraron que éste artículo contenía imprecisiones e incluso caía en “irrazonable” porque se castigaba a personas que no tenían vínculos con el crimen organizado y consideraron que transportar o tener en su poder un poncha llanta no se tipifica como delito.
La reforma al código Penal se publicó el 9 de julio del 2014 en el Periódico Oficial del Estado, acto que impugnó la PGR y el asunto llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La decisión de la Corte se toma unas horas después de que también declararon inconstitucional el delito de halconeo por considerar que no había precisión de cuando se trataba de un acto de libertad de expresión o de vigilancia contra las autoridades federales.
En el caso de Tamaulipas, la Suprema Corte dejó al descubierto que la redacción del artículo 171 Quáter, fracción I del Código Penal para el Estado de Tamaulipas es tan “vaga, imprecisa, abierta o amplia” que se corre el riesgo de estar castigando con 7 a 15 años de prisión y una multa entre 200 a 400 días de salario vigente a personas que no tengan relación con el crimen organizado o bien, sean inocentes.
El caso fue resuelto bajo una acción de inconstitucionalidad debido a que resulta violatorio de los derechos a la seguridad jurídica y legalidad.
Al respecto, en una breve entrevista al Presidente de la Junta de Coordinación Política en el Congreso del Estado, se le cuestionó sobre la decisión que se tomo en materia de “halconeo”, para esa hora, la Corte no había emitido su fallo, aún así el Diputado Ramiro Ramos Salinas, aseguraba que se abordaría el tema.
Por su parte, el Presidente de la Comisión de Seguridad en el Congreso del Estado, Jorge Valdez Vargas, no ha respondió a los llamados para conocer su opinión sobre el caso.
En Tamaulipas, el uso de los “poncha llantas” se conoce como una herramienta adicional que usan los delincuentes para detener la marcha de las unidades de las fuerzas federales y estatales al momento de una persecución o bien, frenar su paso por una determinada avenida o calle.