
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación SCJN, validó la Reforma Electoral de Tamaulipas, en materia de candidaturas comunes y reconoció que el Congreso del Estado respetó la paridad de género para las elecciones de Ayuntamiento, Síndico y Regidores y rechazaron que se haya vulnerado la Constitución al no aprobar el voto en el extranjero, cuando “es una facultad de ejercicio potestativo, no obligatorio”.
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La Suprema Corte avaló la Ley Electoral de Tamaulipas y declara constitucional autorizar a los partidos que van en alianza, firmar un acuerdo en el que se comprometen a la distribución de los porcentajes de votos que obtenga los partidos políticos.
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Acción Nacional pretendía que la Corte invalidara la acción de inconstitucionalidad en materia de candidaturas comunes para que no hubiera la repartición de votos entre partidos que van en alianza, que el ciudadano votará por el candidato o por el partido.
Los Ministros aprobaron la decisión de los Diputados de Tamaulipas, para fijar un límite de candidatos comunes para ser postulados por los partidos políticos y se ratificó el hecho de tener un emblema común así como la firma del convenio entre los partidos para definir la distribución de los votos que le de su candidato común.
En la sesión de este jueves, el Ministro Pérez Dayán, apoyó la exigencia de la ratificación de la candidatura común a gobernador por los comités municipales de los partidos políticos postulantes, “resulta razonable en atención a la relevancia que ésta conlleva. Lo mismo sucede por lo que dichos institutos participan bajo esa modalidad, toda vez que ello implica una condicionante a los derechos político-electorales de sus militantes.
Uno de los puntos que impugnó el PRD, límites a los gastos de campaña, los Ministros concluyeron que la medida es razonable y que no vulnera el principio de equidad en la competencia política, además, le cerraron el paso para regular la suspensión de la propaganda gubernamental y queda como está a nivel federal.
Durante el análisis realizado por los Ministros de la SCJN, se determinó que el Congreso tamaulipeco, dispondrá de 60 días naturales a partir de que sea notificado, para armonizar la legislación electoral a los lineamientos expedidos por la Corte.




