Monterrey, Nuevo León.- Al resolver los juicios para la protección de los derechos político-electorales que presentaron 4 ciudadanas en contra de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, a través de la Junta Distrital Ejecutiva No. 1 del Instituto Nacional Electoral (INE) en Tamaulipas, la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó la resolución dictada por la Vocalía de la citada Dirección y le ordenó expedir y entregar la credencial para votar a los ciudadanas Ana Laura García Treviño, Myrna Azucena Ortiz Marchan, Erika Cecilia Galarza Leija y Concepción Dolores Ramírez Chávez, que habían impugnado la resolución, que declaraba improcedentes sus solicitudes de expedición de credencial para votar, argumentando que éstas se habían presentado fuera del plazo previsto para el trámite.
El ejercicio del voto no se puede supeditar a cuestiones ajenas al ciudadano, como lo es el rechazo de datos en el sistema de un trámite de actualización iniciado en tiempo
En el proyecto se estima que, contrario a lo que sostiene la autoridad responsable, el ejercicio del voto no se puede supeditar a cuestiones ajenas al ciudadano, como lo es el rechazo de datos en el sistema de un trámite de actualización iniciado en tiempo, y además, porque al estar transcurriendo el periodo de validación de los listados nominales respectivos, no existe imposibilidad material para que la autoridad administrativa electoral acuerde favorablemente lo solicitado.
Por consecuencia, en la sentencia la Sala Monterrey ordenó al responsable emita los documentos electorales atinentes e incorpore a las promoventes en la lista nominal de electores correspondiente, o bien, les notifique las resoluciones en donde exponga y demuestre el impedimento que existe para realizar lo anterior; esto en un plazo de 20 días a partir de la notificación.