Ciudad de México.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) dar a conocer los estados financieros de 34 aeropuertos que operan en México, auditados entre 2001 y 2016.
En un comunicado, el organismo indicó que la SCT también deberá buscar y, en su caso, entregar, los estados financieros correspondientes al periodo de 1998 al 2000, con el fin de responder a la información requerida por un particular a los grupos aeroportuarios del Sureste, del Pacífico y del Centro-Norte.
Se indicó que Comunicaciones clasificó la información como confidencial, al argumentar que le había sido entregada con tal carácter y contenía secretos comerciales de las empresas, lo que motivó al particular para interponer recurso de revisión ante INAI.
Se precisó que en alegatos, la SCT reiteró su respuesta inicial y detalló que no contaba con los documentos correspondientes al periodo de 1998 al 2000.
Con el propósito de respetar la garantía de audiencia de las empresas involucradas, se les llamó como terceros interesados para que argumentaran lo que al respecto consideraran procedente.
Al presentar el caso ante el pleno, la comisionada Areli Cano Guadiana expuso que, de acuerdo con estándares nacionales e internacionales de contabilidad, los estados financieros son los documentos que dan cuenta, de manera concreta, veraz y certera, de la situación económica que atraviesan las concesiones en un periodo determinado, así como los resultados de sus operaciones.
“La documentación solicitada se vincula con aspectos nodales de la gestión de infraestructura aeroportuaria, la cual es estratégica para el desarrollo nacional, pues en ella se apoyó el año pasado la transportación aérea de 82 millones de pasajeros y de 873 mil toneladas de mercancía”, planteó.
En el análisis del caso se advirtió que, si bien los estados financieros auditados contienen información patrimonial de las empresas, no es procedente su clasificación, pues existen disposiciones normativas que prevén su publicidad.
Se constató que, de acuerdo con el artículo 172 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, vigente del 2001 al 13 de junio de 2014, aquellas de carácter autónomo, como las concesionarias en cuestión, están obligadas a publicar los estados financieros en el periódico oficial de la entidad en donde residan, o si cuentan con varios domicilios, en el Diario Oficial de la Federación.
Se verificó que el artículo 104, de la Ley de Mercado de Valores, vigente desde junio de 2006, establece que las emisoras con valores deben presentar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y a la Bolsa Mexicana de Valores, para su difusión al público en general, los estados financieros anuales o sus equivalentes, acompañados del dictamen de auditoría externa.
Por lo tanto, se concluyó que las empresas, al ser de naturaleza bursátil y cotizar en la Bolsa, están obligadas a dar a conocer los estados financieros solicitados.






