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Home Notas del dia

Funcionarios que filtren imágenes de feminicidios irán al penal

Por MuroPolitico / Redacción
junio 1, 2021
Hijos de padres divorciados tendrían atención psicológica
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Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Los servidores públicos que contribuyan a la difusión de imágenes, videos o audios de mujeres víctimas de feminicidio, podrían ser castigados con 13 años de prisión.

La propuesta, presentada por la diputada Karla Mar Loredo de la fracción del PAN, es para reformar diversas disposiciones del Código Penal de Tamaulipas y endurecer el castigo para los delitos cometidos en el desempeño de funciones judiciales y administrativas.

Señalan que: “De acuerdo a diversos estudios que analizan la cobertura de los medios sobre el feminicidio, resalta que un gran porcentaje de las notas informativas sobre feminicidios emplean estereotipos de género que implícitamente responsabilizan a la víctima de lo sucedido, normalizan la violencia o vinculan a la víctima con el crimen organizado”.

Añade: “La información relativa a los casos de feminicidio, se ha filtrado tanto a los medios de comunicación como a las redes sociales, de tal suerte que, tanto los nombres de las mujeres desaparecidas o de las víctimas fatales confirmadas, como las fotografías de escenarios relativos a su caso, se exponen todos los días en medios impresos y digitales”.

Citan además los casos de algunas víctimas de feminicidio en diferentes entidades del país, que “han sido expuestos de manera constante en medios impresos y digitales, generando conmoción e indignación”.

Para evitar que eso siga sucediendo , la iniciativa plantea modificar el contenido de la fracción XXXIX del artículo 32 del Código Penal del Estado, para que señale que comete el delito en el desempeño de funciones judiciales o administrativas el servidor público que: “Indebidamente, dé a conocer, difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, video grabe, audio grabe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, videos, información reservada, documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados con el procedimiento penal o productos con uno o varios hechos, señalados por la Ley como delitos”.

Actualmente, la pena para quien incurra en esa hipótesis legal es de cuatro a 10 años de prisión, y de cien a ciento cincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Sin embargo, la pena podría incrementarse hasta en una tercera parte de acuerdo a lo que plantea una adición que se hará al artículo 233.

Dicha adición propuesta plantea que: “Las sanciones previstas en la fracción XXXIX aumentarán en una tercera parte, sí la información que se difunda: l. Sea con el fin de menoscabar la dignidad de las víctimas o de sus familiares; 11. Tratare de cadáveres de mujeres, niñas, o adolescentes, o 111. Sea de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o del estado de salud de la víctima”.

Los legisladores señalaron que la Fiscalía de la Ciudad de México presentó ante una iniciativa que tenía como objeto penalizar la difusión de imágenes de víctimas, lo que desencadenó una solidaria cascada de iniciativas en diversas entidades, que igualmente buscan acabar con estas prácticas, por lo que “hoy es el turno de Tamaulipas”.

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