Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Un Juez Federal negó el amparo a la Presidenta Municipal de Reynosa Maki Ortiz Dominguez, que buscaba evitar el pago de una multa por 125 mil 468 pesos que le impuso el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.
El Juez Octavo de Distrito Faustino Gutiérrez Pérez, consideró que eran insuficientes los argumentos de la Alcaldesa de Reynosa, al aplicarse la multa por omisiones en materia de transparencia.
Aunado a ello, consideró que hubo pretextos de la alcaldesa para no entregar la información que le estaba solicitando el ciudadano.
Dentro del expediente 497-2021-3, Maki Ortíz se dolía de violaciones a sus derechos por parte del ITAIT sin embargo, el Juez expone cómo único que: “La Justicia de la Unión no ampara ni protege a Maki Esther Ortiz Domínguez, por sus propios derechos y en su carácter de Presidente Municipal de Reynosa, Tamaulipas, en el juicio de amparo 497/2021-3, respecto a los actos reclamados a que se contrae el considerando segundo de este fallo, por los motivos precisados en el último considerando de la presente sentencia”.
En el mismo expediente, se expone que el pasado 14 de abril, el Pleno del ITAIT, resolvió multar a la alcaldesa por su negativa reiterada a entregar información solicitada por el ciudadano Carlos Humberto Gámez Cantú.
Makí Ortíz, argumentó que no cumplió con la entrega de la información porque el solicitante no acudió a pagar los conceptos de búsqueda de información y copiado, como se le indicó reiteradamente.
Otro concepto de violación esgrimido fue que, el Itait no le concedió una prórroga solicitada para dar cumplimiento a su resolución.
Pretexto además, la multa de mil 400 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, sin embargo, el Juez desechó los argumentos de la quejosa, con lo cual le dio la razón al Itait y dejó firme la imposición de la multa.
Señaló que la solicitud de prórroga fue en realidad un pretexto de Ortiz Dominguez para eludir su obligación de transparencia.
Respecto al monto de la sanción, el juzgador señaló que el monto máximo previsto por la ley es de dos mil veces el valor de la UMA, por lo que la determinación del Itait fue justa.
“La determinación del alto tribunal de justicia ratifica la actuación del órgano garante del derecho de acceso a la información” señaló el comisionado presidente del Itait, Humberto Rangel Vallejo.






