Ciudad Victoria, Tamaulipas.- El Poder Judicial en el Estado, no debe temer a ser transparente y para ello debe cumplir con al menos once puntos en los que los ciudadanos, son recurrentes para conocer la vida interna de en el Supremo Tribunal de Justicia.
Para la organización no gubernamental, “México Evalúa”, considera que los nuevos Magistrados que fueron impuestos por una fracción del PAN de mayoría en el Congreso del Estado debe ser más transparente.
Menciona que el promedio nacional de obligaciones de transparencia se ubica en el 2.87 por ciento, pero Tamaulipas alcanza apenas el 2.39 por ciento.
Destaca: “Los poderes judiciales no siempre cumplen con sus obligaciones de transparencia o algunos las cumplen de manera deficiente” y en ellos está Tamaulipas por el porcentaje que tienen en materia de transparencia.
Dentro del estudio que realiza sobre “Información desde y para los Poderes Judiciales”, denuncia que la información se publica de manera heterogénea, no siempre en formatos accesibles y faltan indicadores para evaluar y entender el desempeño de los poderes judiciales”.
“México Evalúa”, propone entonces al Poder Judicial que, en sus portales de internet tengan contenidos mínimos de información como por ejemplo, dar a conocer los procesos de nombramiento de los altos funcionarios judiciales cuando son designados por un poder externo al Poder Judicial, como los Consejeros de la Judicatura y Magistrados.
“Existe una discrepancia, en ocasiones preocupante, entre la información que los poderes deberían producir para cumplir con sus diferentes actividades jurisdiccionales y administrativas y la que efectivamente elaboran y, dentro de la que elaboran, aquélla que hacen pública y accesible” señala.
Destacan que los procesos de designación del presidente del Tribunal, incluyendo la convocatoria, cuando exista, las eventuales propuestas o planes de trabajo de los candidatos, y los votos obtenidos y por parte de quiénes (cuando éstos son públicos), deben darse a conocer con detalle.
Aunado a ello, proponen que den a conocer “los procesos de selección de los Magistrados, Jueces y personal jurisdiccional que integren la carrera judicial, desde la convocatoria y acuerdos correspondientes del Consejo de la Judicatura, el procedimiento y requisitos exigidos, el registro de aspirantes, sus datos curriculares, hasta los reactivos, las respuestas de los candidatos, las etapas y resultados por cada etapa”.
También pueden dar a conocer “las iniciativas de ley que el poder judicial presente (cuando tenga esta facultad) al Congreso Local, junto con la exposición de motivos y los documentos que contextualizan dicha iniciativa”.
Con ello, “todas las encuestas que se elaboren para recabar la satisfacción de usuarios del sistema o cualquier tipo de análisis o evaluación sobre la percepción de los usuarios que han llevado a cabo procedimientos judiciales”.
Consideran que deben dar a conocer los mecanismos que cada poder judicial implementa para detectar áreas de oportunidad o mejoras en su interior. Se debe exponer de qué manera son identificados y cómo se procesan las decisiones para aprovechar estas oportunidades de cambio y mejora.
Además de cualquier estudio o trabajo sobre clima organizacional que exista al interior del poder judicial. El plan de desarrollo tecnológico al interior del poder judicial, tanto en el plano jurisdiccional como en el plano administrativo, y el cronograma de avance de éste.
Y remarcan algo obligado en materia de transparencia para dar a conocer: “Los sueldos y remuneraciones de todos los empleados del poder judicial, señalando el total de percepciones líquidas o en especie, bonos, prestaciones y cualquier entrega adicional de bienes o servicios, en montos netos y brutos, indicando la temporalidad de los pagos realizados, así como el total mensual y anual. Deben ser completas, sin dejar ninguna prestación o bono fuera, y de fácil consulta”.
Agregan que se deben dar a conocer todos los reportes de auditorías internas y externas que se lleven a cabo en el poder judicial en su totalidad, o bien en alguna área jurisdiccional o administrativa. “Todo gasto que genere el poder judicial con todo proveedor externo de bienes y servicios por arriba de los 25,000 pesos”, aspectos que el Poder Judicial del Estado no tiene en su página oficial.






