Ciudad Victoria, Tamaulipas.- La figura de la “usucapión” debe ser reformada en el Código Civil para frenar los despojos de mala fe contra los verdaderos dueños de los bienes inmuebles y muebles, propuso hoy la diputada Alejandra Cárdenas Castillejos.
La diputada Alejandra Cárdenas propone una reforma al Código Civil para derogar los actos que van en contra de los dueños legítimos de los predios.
La usucapión, también conocida como prescripción adquisitiva o prescripción positiva, se da cuando una persona por el hecho de estar en posesión de una cosa (tener control físicamente), ostentándose como si fuera dueño de la misma, pasa a ser propietario de esta, pero hay figuras que se dan por mala fe y aplica dependiendo los años.
“Imaginemos solamente una ejemplo de esta situación, alguien usa violencia o comete un delito para apoderarse de algo que no es suyo, no le pertenece, y aún así, el Estado le dice que no hay problema, que se puede quedar con lo que no es suyo, solo que tiene que esperar un poco más de tiempo, en otras palabras, el Estado mismo valida una adquisición ilegal y premia a quien la cometió otorgándole el derecho de propiedad”, expone la legisladora del PRI.
Consideró que esta figura ha sido utilizada “dolosamente” durante muchos años y de forma más clara en los bienes inmuebles (una casa, departamento, bodega) y de forma no tan conocida en los bienes muebles (un vehículo o una televisión etc), lo cual es necesario frenar para dar el respaldo a los verdaderas dueños.
De acuerdo con datos del Sistema Estatal de Seguridad Pública en los últimos cinco años se han cometido 17,501 robos, por otra parte, en México, el delito de despojo de bienes inmuebles ha iniciado más de 25,000 carpetas de investigación por año, en el caso de Tamaulipas, entre 2015 y 2019 de iniciaron 2,714 carpetas de investigación por el delito de despojo.
“Como podemos observar es muy grave la situación, y la utilización de esta figura para la comisión de estos delitos, especialmente el de despojo”.
Cárdenas propuso reformar y adicionar diversas disposiciones del Código Civil de Tamaulipas para otorgar seguridad jurídica en los derechos de propiedad y acabar con la comisión de los delitos que dañan el patrimonio de la gente.
Propuso derogar, dentro del artículo 730 que habla sobre: “Los bienes inmuebles se adquieren por usucapión… en diez años, cuando se posean de mala fe”.
Dentro del artículo 733, considera adicionar que cuando la posesión se adquiere por medio de violencia, aunque ésta cese y la posesión continúe pacíficamente, “no se podrá usucapir”, porque actualmente se menciona que “el plazo para la prescripción será́ de diez años para los inmuebles y de cinco para los muebles, contados desde que cese la violencia”.
Además que, en el artículo 734 se añade que: La posesión adquirida por medio de un delito “no se podrá usucapir”.
Detalla que en el artículo 729 del mismo Código, menciona que los bienes inmuebles se adquieren por usucapión: I.-Adquirida y disfrutada en concepto de propietario; II. – Pacífica; III. – Continua y IV. – Pública, “como vemos, debe ser pacífica. El problema se presenta cuando en el artículo 730 dice: Los bienes inmuebles se adquieren por usucapión: I.- En cinco años, cuando se poseen de buena fe; II.- En cinco años, cuando los inmuebles hayan sido objeto de una inscripción de posesión; III.- En diez años, cuando se posean de mala fe”.
En la fracción III se contempla la usucapión de mala fe, y como medida de tratamiento no igual a la de buena fe, el artículo 731 señala que se aumentará en una tercera parte el tiempo señalado para la usucapión.
“De ninguna manera justifica la comisión de un delito para apoderarse de un bien, y como un acto contrario al origen del estado, es éste quien valida o legaliza dicha conducta al premiarla con el reconocimiento de los derechos de propiedad a través de la usucapión”.
La iniciativa fue enviada a Comisiones para su análisis y poder detallar los aspectos legales que en esta se presentan.






