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Rubén Rocha Moya puede ser detenido

Por (Agencias)
mayo 3, 2026
Rubén Rocha Moya puede ser detenido
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Ciudad de México.- Al haberse separado de sus cargos mediante licencias aprobadas por el Congreso de Sinaloa, el gobernador Rubén Rocha Moya y el alcalde de Culiacán, Juan de Dios Gámez Mendívil, han quedado despojados de la inmunidad procesal, abriendo la puerta a su captura inmediata.

El jurista y constitucionalista José Elías Romero Apis detalló a Excélsior que la situación jurídica de los implicados es crítica en el marco de la investigación por las acusaciones que Estados Unidos les hace de tener nexos con el narcotráfico.

“La mesa está puesta para que Rocha pueda ser extraditado”, afirmó el experto, subrayando que la detención provisional solicitada por EU es de carácter administrativo, por lo que el fuero —que sólo protege de procesos penales locales— no sería un impedimento incluso si estuvieran en funciones.
“Estamos hablando de la extradición, que es un procedimiento administrativo, no penal, incluso la detención provisional sería administrativa, no penal y el fuero nada más te protege cuando quieren proceder penalmente contra ti”, refirió.
Juristas como el ministro en retiro Arturo Zaldívar y Gabriel Regino coinciden en que el fuero protege a la función y no a la persona. Al solicitar licencia, Rocha y Gámez perdieron ese blindaje, tal como ocurrió en el pasado con Javier Duarte.

“El fuero protege a la función no a la persona. Quien obtiene una licencia ya no ejerce la función, por tanto, puede ser detenida como cualquier persona, pues ya no goza de la inmunidad procesal”, puntualizó Zaldívar.
Bajo este contexto de incertidumbre, Yeraldine Bonilla Valverde asumió como gobernadora interina de Sinaloa con el respaldo de la mayoría morenista.

En su toma de protesta, Bonilla cerró filas con su antecesor: “gobernador, la inmensa mayoría del pueblo de Sinaloa lo sabemos y estamos seguros que así será, le expreso mi profunda solidaridad”, declaró, en medio de la presión que ejerce el Departamento de Justicia para que Rocha, Gámez y el senador Enrique Inzunza —además de otros siete funcionarios y exfuncionarios— sean entregados a la justicia estadunidense para enfrentar cargos en Nueva York por presuntos vínculos con el Cártel de Sinaloa.

Sin fuero, Rocha, a merced del arresto
 

El gobernador con licencia de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, y el alcalde con licencia de Culiacán, Juan de Dios Gámez Mendívil, pueden ser detenidos en cualquier momento al separarse voluntariamente de sus cargos, consideró el constitucionalista José Elías Romero Apis.

“Sí. Efectivamente, entonces, digamos que la mesa está puesta para que Rocha pueda ser extraditado. Así es”, afirmó tajante el doctor en Derecho.
En entrevista con Excélsior, explicó que aun cuando no hubiesen solicitado licencia a sus cargos, se habría podido realizar la “detención administrativa” a solicitud del Departamento de Justicia de Estados Unidos, con base en el Tratado de Extradición entre ambas naciones.

“Estamos hablando de la extradición, que es un procedimiento administrativo, no penal, incluso la detención provisional sería administrativa, no penal, y el fuero nada más te protege cuando quieren proceder penalmente contra ti. La Constitución dice que el fuero es para no proceder penalmente.

“El proceso penal es el que se inicia ya, en este caso, en Estados Unidos, si fuera el caso, pero para la extradición no se requiere el desafuero. Sí, esto aplicaría también para el alcalde de Culiacán, que también pidió licencia en los mismos términos”, puntualizó.
Destacó que los alcaldes no gozan de fuero federal como los gobernadores, senadores o diputados, por lo que, en el caso de Juan de Dios Gámez, dicha protección de inmunidad procesal no la tendría, aun cuando permaneciera en el puesto.

Romero Apis explicó a este diario que el fuero, o inmunidad procesal, sólo protege a funcionarios o representantes populares de detenciones de carácter penal, no a las solicitudes de carácter administrativo, como fue la petición de Estados Unidos.

Asimismo, sostuvo que aun cuando el senador por Sinaloa, Enrique Inzunza Cázarez, no solicite licencia a su cargo, también podría ser detenido, con fines administrativos a solicitud del gobierno del vecino país.

“El senador Inzunza puede ser detenido porque no es un procedimiento penal. Es administrativo, exclusivamente. El procedimiento penal es el que quiere llevar el fiscal en Nueva York”, destacó.
El jurista coincidió con el ministro en retiro Arturo Zaldívar y otros expertos en Derecho, en el sentido de que al solicitar licencia un funcionario o representante popular ya no cuentan con la inmunidad procesal que les otorga el fuero.

Rubén Rocha Moya, Juan de Dios Gámez Mendivil y Enrique Inzunza, junto a otros siete funcionarios de Sinaloa, fueron acusados por EU de narcotráfico y tráfico de armas en beneficio del Cártel de Sinaloa, por lo que solicitó al gobierno mexicano su captura y extradición al vecino país.

José Elías Romero Apis comentó que este tipo de solicitudes de extradición se manejan en sigilo, por lo que al hacerlas públicas el gobierno de Estados Unidos buscaba dar, además, un mensaje de afectación política.

“Sí, porque podría haberse no dado a conocer públicamente. Normalmente se maneja en sigilo. Claro, sí, sí es un tema muy complicado. Querían desprestigiarnos de antemano”, consideró el experto en Derecho.
A través de redes sociales, Zaldívar, coordinador de Política y Gobierno de la Presidencia de México, rechazó que Rocha y Gámez mantengan el fuero.

“Es incorrecto que un gobernador y un presidente municipal con licencia sigan teniendo fuero. La inmunidad procesal, mal llamada fuero, es una garantía de cierta categoría de servidores públicos para evitar que sean procesados penalmente sin que la Cámara de Diputados emita una declaratoria de procedencia en los términos del artículo 111 de la Constitución.

“El fuero protege a la función, no a la persona. Quien obtiene una licencia y no ejerce la función; por tanto, puede ser detenida como cualquier persona, pues ya no goza de la inmunidad procesal. Hay precedentes del Poder Judicial Federal en este sentido”, detalló Zaldívar.
Por su parte, el también jurista Gabriel Regino señaló que existen casos similares como el del exgobernador de Veracruz Javier Duarte, quien, al pedir licencia de su cargo perdió el fuero.

“En la resolución 11/95 (1995), la Corte determinó tajantemente que el fuero protege la función y no a la persona. Si la persona pide licencia, pierde el privilegio de la inmunidad procesal”. © 2025 Imagen – Excélsior. Todos los derechos reservados. El contenido de este sitio y de la edición impresa está protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor. Prohibida la reproducción total o parcial sin autorización previa y por escrito. El material de terceros conserva sus propios derechos.

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