Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Acción Nacional propuso en el Congreso del Estado, aplicar la “castración química” como sanción penal, para quienes abusen sexualmente de niños, niñas o adolescentes en Tamaulipas.
Gerardo Peña Flores, Coordinador del Grupo Parlamentario del PAN, propuso reformar el Código Penal, para introducir el tratamiento médico “inhibidor de la conducta agresiva sexual”, así como la privación de los derechos de asistencia social.
Para ello, propuso adicionar en articulo 279 sexeis, para fijar la sanción de tratamiento médico de regulación de la impulsividad sexual, por los plazos de tiempo de 5 a 20 años, y una pena de 5 hasta 20 años de privación de los beneficios previstos en programas públicos de asistencia social.
Uno de los argumentos que presentó el legislador, es que de acuerdo al INEGI en su Encuesta Nacional de Victimización y Percepción de Seguridad Pública dada a conocer en el 2025, los resultados del 2024 arrojaron que los delitos sexuales, como hostigamiento, intimidación sexual, violación, exhibicionismo, representan el cuarto lugar de delitos que sufren las mujeres en México, con una tasa de 4,160 casos por cada 100 mil habitantes.
Además dicho ilícito reporta una incidencia a la alza si se toma como referencia las carpetas de investigación abiertas, principalmente en delitos como acoso sexual con un incremento de 1,146% del periodo 2015 a 2023, hostigamiento 3,444%, o la violación con un incremento del 144%.
El legislador, señaló que uando se trata de menores, de acuerdo a la Red por los Derechos de la Infancia en México, 4 de cada 10 víctimas de violación son menores de 15 años, y muchos de los agresores forman parte del entorno cercano o familiar de la víctima.
En nuestro Estado también persisten estadísticas que dan muestra de la gravedad del problema, tanto en su incidencia, como el bajo nivel de sentencias condenatorias.
“En ese sentido, si bien en el Congreso se han realizado diversas iniciativas para castigar con mayor severidad dichas conductas graves, resulta necesario ampliar el catálogo de consecuencias penales para los sentenciados, haciendo énfasis no tanto en un tiempo de privación de su libertad, sino trabajando también en las causas”.
Ante ello, Peña propuso reformar el articulo 279 sexeis del Código Penal para quedar de la siguiente manera.
Artículo 279 Sexies. En los delitos contemplados en el presente Título en que la víctimas sea una niña, niño o adolescente, además de las penas previstas en cada uno de ellos, el juez impondrá cuando lo amerite, previa evaluación clínica y evaluación de riesgo por personal especializado, la sanción de tratamiento médico de regulación de la impulsividad sexual, por los plazos de tiempo de 5 a 20 años, y una pena de 5 hasta 20 años de privación de los beneficios previstos en programas públicos de asistencia social.






