Empresas y personas físicas que realicen actividades vulnerables —como subastas o comercialización de vehículos, juegos con apuestas, concursos y sorteos, entre otras— deberán implementar medidas para dificultar el lavado de dinero.
Esto, a través de sistemas automatizados capaces de monitorear operaciones en tiempo real, acumular montos, detectar desviaciones del perfil transaccional y generar alertas de riesgo de forma inmediata, así como la implementación de una auditoría anual obligatoria a partir de 2028.
Así lo estableció la Secretaría de Hacienda en las nuevas Reglas de Carácter General de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, publicadas ayer en el Diario Oficial de la Federación.
Con la nueva regulación, los sujetos obligados deberán evaluar, clasificar y documentar el nivel de riesgo de sus clientes o usuarios —en bajo, medio o alto—, tomando en cuenta aspectos como canales de operación, productos y zonas geográficas.
La normativa también endurece la identificación reforzada del beneficiario controlador y el tratamiento para personas políticamente expuestas.
De acuerdo con Hacienda, la actualización de los lineamientos responde a la implementación de las reformas legales aprobadas entre 2025 y 2026, con el propósito de alinear a México con los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
En riesgo
Éstas son algunas de las actividades que la ley considera vulnerables, a partir de un valor determinado.
· Construcción o desarrollo de bienes inmuebles (más de 8,025 UMA diarias).
· Comercialización de metales y piedras preciosas, joyas o relojes (más de 805 UMA diarias).
· Subasta o comercialización de obras de arte (más de 4,815 UMA diarias).
Fortalecen medidas antilavado de dinero; sector financiero
Destaca la obligación de implementar sistemas automatizados capaces de monitorear operaciones en tiempo real.
La Secretaría de Hacienda busca robustecer la integridad del sistema financiero del país. Con la publicación de las nuevas Reglas de Carácter General de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita en el Diario Oficial de la Federación, eleva los requerimientos de cumplimiento para quienes realizan actividades vulnerables (sujetos obligados).
Esta actualización responde a la implementación de las reformas legales aprobadas entre 2025 y 2026, con el propósito de alinear a México con los estándares internacionales del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
Destaca la adopción obligatoria del enfoque basado en riesgo como principio rector. Con esta disposición, los sujetos obligados deberán evaluar, clasificar y documentar el nivel de riesgo —bajo, medio o alto— de sus clientes o usuarios, atendiendo aspectos como canales de operación, productos y zonas geográficas.
A la par de esta clasificación, la normativa endurece la identificación reforzada del beneficiario controlador y el tratamiento para personas políticamente expuestas. Asimismo, establece la actualización obligatoria del Manual de Políticas Internas y la capacitación anual del personal.
Entre los puntos de mayor impacto operativo destaca la obligación de implementar sistemas automatizados capaces de monitorear operaciones en tiempo real, acumular montos, detectar desviaciones del perfil transaccional y generar alertas de riesgo de forma inmediata.
Escalonado
Para garantizar una transición ordenada, la Secretaría de Hacienda diseñó un calendario escalonado. Aunque el acuerdo entra en vigor de manera general el 30 de noviembre de 2026, las distintas obligaciones cuentan con plazos específicos.
A partir del 1 de marzo de 2027, las empresas deberán tener disponibles, ante cualquier requerimiento de la autoridad, tanto la evaluación de riesgos como el Manual de Políticas Internas actualizado.
En esa misma fecha comenzarán a aplicar las reglas relativas al conocimiento del cliente y beneficiario controlador.
Por su parte, el plazo límite para integrar los mecanismos automatizados de monitoreo vence el 1 de junio de 2027.
La gran novedad del marco regulatorio es la instauración de la auditoría anual obligatoria. El primer periodo sujeto a revisión abarcará del 1 de enero al 31 de diciembre de 2028. Para aquellas entidades o personas clasificadas en nivel de riesgo alto, la revisión y el dictamen corresponderán exclusivamente a un auditor externo independiente que cumpla con los requisitos estipulados por la autoridad.
Con este modelo de cumplimiento proporcional, las autoridades buscan optimizar la supervisión e intensificar la fiscalización en los sectores con mayor exposición al uso de recursos de procedencia ilícita.
La Secretaría de Hacienda refrenda su compromiso de fortalecer el sistema nacional para la prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita, en apego al marco jurídico vigente y a los estándares internacionales del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), contribuyendo a la protección de la integridad del sistema financiero y al fortalecimiento de los mecanismos de prevención y combate al lavado de dinero”, destacó la dependencia que es diren un comunicado.
Beneficios de la reforma
La actualización de las Reglas de Carácter General traerán estos resultados:
· Cumplimiento y supervisión con un enfoque basado en riesgos
· Capacitación y calidad de la información para inteligencia financiera
· Armonización con los estándares internacionales
· Mayor certeza jurídica
· Fortalecimiento de la gobernanza del cumplimiento
· Proporcionalidad y autodeterminación regulatoria
· Coordinación institucional
· Implementación gradual de la reforma
El dato
Las principales actividades vulnerables
· Juegos con apuestas, concursos o sorteos
· Emisión o comercialización de tarjetas de servicios, prepagadas o cheques de viajero
· Mutuos, préstamos o créditos por personas distintas a entidades financieras
· Desarrollo inmobiliario y compraventa de inmuebles
· Comercialización de joyas, metales preciosos, relojes y obras de arte
· Subasta o comercialización de vehículos nuevos o usados
· Prestación de servicios profesionales independientes (cuando se manejan cuentas o bienes del cliente)
Entrada en vigor
La implementación gradual permite ajustar sistemas, manuales, capacitación y supervisión.
Agosto 2026
Publicación DOF
Publicación DOF de los nuevos layouts para avisos.
Noviembre 2026
Entrada en vigor
Inicio de 6 meses de capacitación sobre las nuevas obligaciones para OSFL y demás AV
Marzo 2027
Arranque
Cumplimiento de las nuevas obligaciones
Junio 2027
Nuevos avisos
Entrada en vigor de nuevos layouts (avisos)
Ene – Dic 2028
Resultados
Primer período de auditorías
Marzo 2029
Presentación
Fecha límite del primer dictamen





