Ciudad de México.- El juez federal Sergio Alberto Sigales Obrador Garrido denunció que enfrenta una investigación penal ante la Fiscalía General de la República por resoluciones judiciales.
El juzgador, suspendido de sus funciones en Colima, aseguró que el Tribunal de Disciplina Judicial presentó una denuncia relacionada con reducciones de penas autorizadas durante 2022.
En entrevista con Aristegui en Vivo, sostuvo que las acusaciones derivan de diferencias de interpretación jurídica que debieron resolverse mediante apelaciones, no procedimientos penales.
El conflicto comenzó entre julio y octubre de 2022, cuando intervino en cuatro procedimientos abreviados relacionados con personas acusadas que carecían de antecedentes penales.
Las defensas solicitaron revisar las condenas propuestas por el Ministerio Público, argumentando que la Fiscalía no había considerado esa circunstancia para determinar las sanciones correspondientes.
El procedimiento abreviado permite resolver causas penales mediante la aceptación de responsabilidad del acusado, bajo determinadas condiciones legales que pueden incluir reducciones de penas.
Sigales explicó que un acuerdo interno de la FGR contempla beneficios para personas sin antecedentes, situación que consideró relevante al resolver las solicitudes presentadas.
Según su testimonio, preguntó a los fiscales si habían considerado esa condición y recibió respuestas negativas, por lo que decidió intervenir en la determinación judicial.
Las penas originalmente propuestas eran de cuatro años y dos meses, pero el juez las redujo a tres años y cuatro meses de prisión.
Ese ajuste permitió que los sentenciados reunieran condiciones para acceder a beneficios de condena condicional, situación que posteriormente originó recursos de inconformidad ministerial.
La FGR impugnó cuatro resoluciones y un tribunal unitario de Colima ordenó restablecer las penas originales, al considerar incorrecto el criterio utilizado por Sigales.
Sin embargo, el juez sostuvo que tribunales de Jalisco y otro órgano colegiado respaldaron razonamientos semejantes en distintos expedientes sometidos a su revisión.
De acuerdo con su balance, cuatro resoluciones fueron revocadas y otras cuatro recibieron respaldo judicial, circunstancia que presentó como evidencia de interpretaciones jurídicas divergentes.
Sigales argumentó que esas diferencias deben discutirse dentro de los mecanismos ordinarios de impugnación, sin convertirse automáticamente en faltas disciplinarias o conductas delictivas.
Denuncia penal y cuestionamientos disciplinarios
El abogado Arturo Guerrero Zazueta explicó que el procedimiento disciplinario comenzó en 2023 y que el anterior Consejo de la Judicatura Federal emitió observaciones durante agosto de 2025.
Posteriormente, el expediente pasó al Tribunal de Disciplina Judicial, organismo que asumió las investigaciones tras la reorganización de las instituciones encargadas de supervisar juzgadores.
La defensa cuestionó que una comisión de investigación creada el 29 de octubre de 2025 interviniera al día siguiente en la situación del juez suspendido.
Guerrero sostuvo que dicha comisión carecía de atribuciones para ordenar su separación provisional, facultad que, según argumentó, correspondía a otro órgano disciplinario especializado.
De acuerdo con su explicación, la comisión competente comenzó a operar hasta el 4 de noviembre, después de que Claudia Sheinbaum se refiriera públicamente al caso.
El abogado también denunció inconsistencias en las fechas de las resoluciones relacionadas con la suspensión y cuestionó que no recibieran documentación completa de las sesiones.
El 12 de febrero de 2026, durante una audiencia disciplinaria, solicitó retirar la medida cautelar; cinco días después reiteró formalmente esa petición ante las autoridades.
El 2 de marzo recibió una notificación que señalaba que el incidente seguía pendiente, aunque posteriormente se le informó de una resolución anterior.
Según Guerrero, el 19 de marzo le comunicaron que el asunto había quedado resuelto desde el 10 de febrero, mediante una suspensión considerada definitiva.
Sin embargo, aseguró que las firmas del acuerdo aparecían fechadas el 13 de marzo, circunstancia que cuestionó por la diferencia entre ambos momentos procesales señalados.
La defensa afirmó que solicitó actas, órdenes del día y documentos de sesiones extraordinarias celebradas desde octubre de 2025, sin obtener respuesta documental suficiente.
Guerrero consideró que la suspensión inicial fue ordenada por una instancia sin facultades y que después se prolongó mediante actuaciones cuya regularidad jurídica cuestiona.
Investigación ante la Fiscalía federal
Sigales afirmó que recientemente descubrió una denuncia penal presentada por el propio Tribunal de Disciplina Judicial, mientras todavía permanecía sin resolverse el procedimiento administrativo.
El documento habría sido fechado el 3 de noviembre de 2025 y recibido por la Fiscalía General de la República al día siguiente, explicó.
Según el juez, la acusación corresponde a un presunto delito contra la administración de justicia contemplado en el artículo 225, fracción sexta, del Código Penal Federal.
El señalamiento estaría relacionado con el artículo 206, sobre las facultades judiciales para modificar penas dentro de los procedimientos abreviados, según su propia explicación.
Sigales rechazó que sus determinaciones representen una conducta delictiva y sostuvo que únicamente ejerció atribuciones constitucionales al interpretar disposiciones legales durante las audiencias.
El juzgador insistió en que una resolución controvertida puede ser corregida mediante apelación o amparo, sin que necesariamente exista responsabilidad penal de quien la emitió.
También recordó criterios del anterior Consejo de la Judicatura Federal que, según explicó, limitan las responsabilidades disciplinarias derivadas exclusivamente de interpretaciones jurídicas controvertidas.
Afirmó que dejó de aplicar esos controles desde enero de 2023, después de que defensores recibieran advertencias para no solicitar revisiones de penas ante él.
Calculó que entre julio de 2022 y enero de 2023 modificó condenas aproximadamente nueve veces, siempre dentro de procedimientos abreviados sometidos a revisión.
El juez sostuvo que incluso en agosto de 2025 un tribunal colegiado consideró correcta una reducción aplicada por él en un asunto de concurso delictivo.
Parentesco con López Obrador
Durante la entrevista también confirmó un parentesco lejano con el expresidente Andrés Manuel López Obrador, aunque rechazó mantener una relación personal cercana con él.
Explicó que su abuelo y Manuela Obrador González, madre del exmandatario, eran primos hermanos, pero aseguró haberlo visto únicamente en dos ocasiones durante su vida.
Añadió que nunca ha visitado la vivienda del expresidente ni éste ha acudido a la suya, al referirse a los alcances de ese vínculo familiar.
Prisión preventiva y otras controversias
Sigales también relacionó su situación con decisiones anteriores en las que rechazó aplicar automáticamente la prisión preventiva oficiosa, apoyándose en criterios internacionales sobre derechos humanos.
Según información que solicitó al Centro de Justicia Penal Federal, habría inaplicado esa medida cautelar en aproximadamente 180 causas penales durante su trayectoria.
El juzgador mencionó declaraciones realizadas en 2023 por la gobernadora de Colima, Indira Vizcaíno, quien cuestionó públicamente resoluciones que permitían liberar a personas acusadas.
También aseguró haber enfrentado una queja del entonces secretario de Marina, Rafael Ojeda Durán, y otras dos presentadas por el delegado federal de la FGR.
Las tres inconformidades fueron acumuladas y posteriormente resueltas a su favor por el Consejo de la Judicatura Federal, según afirmó durante la entrevista concedida.
El juez consideró que esos antecedentes podrían explicar parte de los cuestionamientos institucionales, aunque no presentó elementos que acreditaran una relación directa con la denuncia.
La resolución vinculada al caso Gabriela Mejía
Otra controversia surgió por una audiencia celebrada el 19 de octubre de 2025, cuando Sigales resolvió un proceso federal relacionado con armas y drogas.
En aquella diligencia decidió vincular a proceso al acusado, pero rechazó imponer prisión preventiva oficiosa al considerar acreditados determinados elementos de arraigo personal.
El imputado, identificado como José Alfredo “N”, quedó obligado a presentarse periódicamente ante las autoridades y tenía prohibido abandonar el territorio de Colima.
Sigales explicó que el acusado había acreditado residencia en Cuauhtémoc y una actividad laboral como vulcanizador, circunstancias consideradas para establecer las medidas cautelares.
Posteriormente, conoció señalamientos públicos que relacionaban aquella resolución con el homicidio de Gabriela “Gaby” Mejía, expresidenta municipal de Cuauhtémoc, ocurrido en Colima.
El juez negó haber recibido información sobre ese asesinato durante la audiencia, pues el expediente presentado ante él correspondía exclusivamente a delitos federales diferentes.
También aseguró que posteriormente apareció información periodística sobre la detención de otra persona, con nombre distinto, presuntamente vinculada al homicidio de la exalcaldesa.
Narró que un fiscal le mostró una grabación donde una mujer reclamaba la liberación del detenido, aunque dijo desconocer la identidad de quien formulaba el señalamiento.
Según Sigales, las acusaciones públicas por esa decisión no forman parte de la denuncia penal que actualmente enfrenta ante la Fiscalía General de la República.
Su defensor señaló que deben distinguirse las investigaciones federales por armas y drogas de los procedimientos locales relacionados con el homicidio de Gabriela Mejía.
Guerrero sostuvo que el imputado continuaba cumpliendo las medidas cautelares impuestas, incluida la presentación periódica ante las autoridades judiciales correspondientes en Colima.
El conflicto permanece abierto
Sigales insistió en que las diferencias sobre interpretación judicial no deberían convertirse en acusaciones penales, particularmente cuando existen resoluciones contradictorias entre tribunales competentes.
Su defensa mantiene cuestionamientos sobre la legalidad de la suspensión, los documentos procesales y la actuación de las comisiones disciplinarias responsables de su expediente.
Hasta lo expuesto en la entrevista, los señalamientos sobre irregularidades corresponden a la versión del juez y su abogado, sin una resolución definitiva que los confirme.
El caso mantiene abierta la discusión sobre los límites entre independencia judicial, revisión de sentencias y responsabilidad disciplinaria o penal de quienes imparten justicia en México.






