Ciudad Victoria, Tamaulipas.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió anoche como “improcedente”, dos Juicios de Revisión Constitucional que había interpuesto el PAN contra el Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas quien determinó que no hubo pruebas sobre la comisión de actos anticipados de campaña atribuidas al PRI y a Baltazar Hinojosa Ochoa.
La Sala Superior del TEPJF le da la razón a los Consejeros del IETAM por los acuerdos tomados en el pleno por los que se inconformo Acción Nacional.
De haber ganado el PAN esta Revisión, hoy no se podría registrar Baltazar Hinojosa como candidato a Gobernador por el PRI en Tamaulipas.
La magistrada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación María del Carmen Alanís Figueroa, dio a conocer en sus proyectos de resolución SUP-JRC-98/2216 y SUP-JRC-99/2216 que el Partido Acción Nacional presentó el Procedimiento Sancionador Especial vía Per Saltum, (pasaron directamente al TEPJF y no al Tribunal Electoral de Tamaulipas) considerando que el IETAM emitió una mala resolución sobre denuncia interpuesta por actos anticipados de campaña.
El IETAM y ahora el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, no encontraron en los medios de prueba aportados, hechos suficientes para demostrar la supuesta infracción por lo tanto “queda la resolución que emitió el Consejo General del IETAM”.
En el proyecto de sentencia leído por el Secretario de Estudio y Cuenta, Enrique Martell Chávez, el proyecto se determinó que no resulta inconstitucional el artículo 351 párrafo 1, inciso C, de la Ley Electoral de Tamaulipas, en el cual se establece el Consejo General Local conocerá y resolverá el proyecto de resolución de los proyectos especiales sancionadores.
Martell Chávez, agregó que una vez que se analiza, en el proyecto de cuenta no se advierte la obligación de las sentencias para establecer a nivel local sea similar al de nivel federal, por lo tanto, se dijo, el Consejo General del IETAM resulta competente para conocer y resolver de los procedimientos sancionadores especiales.
Se dijo que los medios de prueba aportados por la parte denunciante resultan insuficientes para demostrar la supuesta infracción imputada al Partido Revolucionario Institucional y su precandidato al cargo de Gobernador para el Estado de Tamaulipas, por lo que queda confirmada dicha resolución.






