Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Diputados de las diferentes fuerzas políticas, representadas en el Congreso del Estado, dictaminaron procedente expedir la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Tamaulipas, para establecer el objeto, principios, bases generales y procedimientos para garantizar el acceso a la información en posesión de cualquier autoridad sujeta a este ordenamiento.
Dictaminan procedente Diputados expedir Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Con la expedición de esta Ley se amplía el número de sujetos obligados a las disposiciones de la misma, con lo cual se permite transversalizar en materia de transparencia a toda aquella autoridad que como se señala, realice actos de autoridad en el Estado y los Municipios.
También se prevé la integración de un organismo garante en el Estado, público, autónomo, responsable de garantizar, en el ámbito de su competencia, el ejercicio de los derechos de acceso a la información y la protección de datos personales, cuya sede será la capital de la entidad y el cual estará conformado por tres comisionados, quienes serán designados bajo un procedimiento de consulta pública, realizado por el Poder Legislativo.
En la reunión de las Comisiones de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de Estudios Legislativos, presididas por los Diputados Marco Antonio Silva Hermosillo y Heriberto Ruíz Tijerina, se dictaminó positivo expedir la mencionada Ley, ello con algunas propuestas realizadas por los integrantes de los órganos legislativos.
Durante el análisis de la nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado, promovida por el Gobernador Egidio Torre Cantú, los legisladores señalaron que fija entre otros objetivos, el transparentar el ejercicio de la función pública, la promoción, el fomento y difusión de la cultura de la transparencia.
Además, propicia la evaluación del desempeño de los entes públicos y establece los mecanismos para garantizar el cumplimiento y la efectiva aplicación de las medidas de apremio y sanciones que correspondan.
Asimismo, se desprende del capítulo sexto, la facultad de cualquier ciudadano para denunciar ante el organismo garante la falta de publicación de las obligaciones previstas y demás disposiciones aplicables.