(Agencia)
Ciudad de México.- La Cámara de Diputados aprobó, sin cambios, la minuta del Senado en materia de Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para permitir la portación de armas en el país a servidores públicos extranjeros, que en ningún caso podrá ser de un calibre mayor a los 40 milímetros.
Con 288 votos del PRI, PAN, PVEM y Panal, a favor; 82 del PRD, PT, Movimiento Ciudadano y Morena, en contra; y nueve abstenciones, el decreto fue enviado al Ejecutivo federal para su promulgación e inmediata entrada en vigor.
Cabe recordar que dicha aprobación tiene su origen en una iniciativa del presidente Enrique Peña Nieto, para reformar dicha Ley y permitir a los servidores públicos extranjeros de migración, aduanas o agentes de seguridad de jefes de Estado o ministros, portar en territorio mexicano revólveres o pistolas semiautomáticas, cuyo calibre no sea superior a .40” o equivalente.
También es de resaltar que la propuesta responde a un compromiso pactado entre México y Estados Unidos en el Plan Estratégico Aduanero Bilateral, que plantea una nueva regulación encaminada a fortalecer los procesos de cooperación migratoria y aduanera de México con el resto del mundo.
Ello, para hacer más eficiente el flujo de personas y mercancías, abatiendo costos y tiempos e impulsando un mayor beneficio económico para el país.
De acuerdo al texto aprobado, la Secretaría de la Defensa Nacional podrá expedir permisos extraordinarios de ingreso y portación temporal de armas de fuego a servidores públicos extranjeros, los cuales podrán cancelarse sin perjuicio de aplicar las sanciones que procedan en los casos que la ley prevé.
Deja claro sin embargo que, “en casos extraordinarios se podrá autorizar el ingreso y portación de otro tipo de armas, siempre que a juicio de la Secretaría de la Defensa Nacional se justifique la necesidad de su uso”, que podrá ser, por ejemplo, en visitas oficiales y en ese caso el permiso será solamente por la duración de la visita.
El otorgamiento de esos permisos tendrá diversas restricciones como que, además de calibre máximo de 40 milímetros o su equivalente, la portación sólo podrá realizarse en el local o instalación en el que el funcionario extranjero desempeñe sus actividades.
Los permisos para el personal de seguridad que acompañen en visitas oficiales a altos funcionarios, amplió, se limitarán al mismo calibre.
A nombre de la Comisión de Defensa Nacional en San Lázaro, el diputado Fernando de las Fuentes, del PRI, sostuvo que con la aprobación de la enmienda culminó un proceso de negociaciones gubernamentales de más de una década.
Explicó que existirá un control estricto sobre los agentes extranjeros que podrán portar armas de fuego en México, con límites específicos de espacio y de tiempo.